Jornada 25 Aniversario Asociacion de Internautas


CARTA DE DERECHOS DEL USUARIO DE TELECOMUNICACIONES

La AI pone a disposición de los usuarios su medidor de velocidad como herramienta de verificación de las reclamaciones.


Hoy el Ministro de Industria ha presentado al Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (CATSI), el borrador de Real Decreto por el que se aprueba la “Carta de Derechos del usuario de Telecomunicaciones”. Sobre este documento, la Asociación de Internautas en su calidad de miembro del CATSI, hace las siguientes consideraciones:




En primer lugar la Asociación de Internautas considera un notable avance que el Ministerio de Industria exija a las operadoras de telefonía que cumplan al menos con el 80% de la velocidad de acceso por banda ancha a Internet que ofertan, porcentaje muy superior al 10% que hasta ahora tenían permitido.

A tal fin y, para que los internautas puedan constatar la velocidad de conexión percibida, la Asociación pone a disposición el medidor de velocidad de su página web https://www.internautas.org/testvelocidad/) como herramienta de verificación ante posibles reclamaciones ante la Secretaria de Estado sobre este particular.

Por otra parte, la Asociación de Internautas lamenta que la carta de derechos de los usuarios de telecomunicaciones no amplíe la prestación del “servicio universal” al acceso a la banda ancha, con lo que se discrimina a 4.000.000 de ciudadanos que aún no tienen la posibilidad de acceder a Internet por esta modalidad.

Respecto de las reclamaciones de clientes ante las operadoras, aunque la carta asegura que …”El teléfono de atención al cliente tendrá el coste máximo del precio ordinario del servicio de telecomunicaciones sin recargo”… en realidad no distingue claramente este teléfono de información a usuarios, del “teléfono de atención al cliente”, sistema de contacto para la resolución de conflictos contractuales, que debe existir específicamente y debe ser gratuito, tal y como ha reclamado la Asociación de Internautas en un recurso administrativo ante la Audiencia Nacional.


También se echa en falta que las operadoras no sean obligadas a publicitar claramente un límite en la duración de sus ofertas y precios promocionales, de forma que se impida mantener indefinidamente tarifas o precios diferentes, arbitrarios y discriminatorios, entre clientes de la misma operadora, con idénticas condiciones técnicas de acceso a sus servicios y, con idéntico contrato prestacional… Tal y como sucede en estos momentos con la oferta de Adsl de Telefónica de 1 MB, sin diferenciar precios sobre los 3Mb, e incluso los 6Mb.

Por último, en el caso de las portabilidades no solicitadas o no consentidas –slamming-, aunque la carta no permite a las operadoras acceder a la línea de un abonado sin su consentimiento, olvida indicar que ese consentimiento sea expreso (o al menos inequívoco), para garantizar definitivamente la protección de los usuarios ante los abusos que actualmente se vienen practicando entre operadoras en la manipulación de los contratos de los abonados.

Asociación de Internautas

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