Desde mañana, la aplicación de un acuerdo privado entre las entidades gestoras de derechos de autor y los principales fabricantes e importadores de soportes digitales vírgenes para datos -integrados en Asimelec- encarecerá estos productos de nuevo al pasar el importe del canon por copia privada en los Cd's de datos de 0'17 céntimos por unidad a 0'22 céntimos por unidad en 2005, lo que representa un incremento del canon cercano al 30 por 100 (29'41%), sin tener en cuenta que, además, dicho aumento viene gravado con el añadido del 16% correspondiente al IVA.
Los "derechos recaudados" por copia privada por la principal entidad de gestión durante el ejercicio 2003 ascendieron a 11.479.000 euros, frente a los 5.858.000 euros de 2002, prácticamente duplicados, sin que en tal volumen de ?derechos recaudados" haya tenido impacto alguno el canon por copia privada impuesto para los soportes digitales de datos desde septiembre de 2003 (porque los soportes digitales vírgenes para audio y video ya pagaban el canon prácticamente desde su aparición, conviene recordar), dado que los primeros resultados de la recaudación habrán debido tener su reflejo inicial en el primer trimestre de 2004, datos que -confíamos- se den a conocer públicamente en 2005.
Pese a ese silencio sobre el resultado de la recaudación durante los tres primeros trimestres de 2004, de los cuales a buen seguro que alguna noticia tienen los gestores de las entidades de recaudación de derechos de autor, lo bien cierto es que durante el año 2004 se ha producido un ligero descenso del mercado de los consumibles en datos interanuales, según la Asociación de empresas de electrónica, tecnologías de la información y de telecomunicaciones de España (Aetic), pese a que el consumo de los soportes digitales vírgenes en concreto viene experimentando un incremento anual.
¿A qué es debido ese incremento en el volumen de ventas de los soportes digitales vírgenes?
Desafortunadamente para quienes vienen sosteniendo que la culpa de todos sus males la tienen la "piratería" e Internet, no viene auspiciado por un crecimiento de la copia privada en soporte digital ni por la descargas, legales e ilegales, en Internet, sino por el fenómeno de la fotografía e imagen digitales que, desde 2003, ha adquirido un auge importantísimo; tan es así que todos los fabricantes, importadores y distribuidores más significativos de soportes digitales vírgenes han anudado el mantenimiento y el ligero aumento del consumo de los mismos al fenómeno de la fotografía digital, obviamente necesitada de soporte de almacenamiento.
Es bien significativo el informe de mayo de 2003 de Tai Editorial, en el que todos los principales fabricantes y distribuidores de soportes digitales refieren el incremento del consumo de tales productos en relación con el fenómeno de la fotografía digital; tendencia que no sólo no se ha reducido ni estancado sino que va camino de convertirse en estas fechas en otro auténtico boom, por no mencionar el siempre emergente mercado de la telefonía inalámbrica, imbricado ya en ese otro fenómeno de la fotografía digital.
El consumo de software aumenta en 2004
La patronal del sector informático apunta que pese a ser un sector, el informático, en ligera recuperación tras dos años de estancamiento, es el mercado de venta de software el que experimenta un aumento del volumen de facturación en 2004; concretamente, refiere que en el segundo trimestre de 2004 se ha producido un aumento de las ventas de software de un 4'8 por 100 nada menos, el principal incremento de ventas con relación a datos del año 2003 que experimenta el sector informático, que se conozca al menos y con diferencia respecto a los restantes productos, consumibles incluidos (entre los que se encuentran los soportes digitales).
Como todo el mundo sabe, la venta de software también necesita generalmente de unos soportes digitales vírgenes en los que quede fijado para su venta, distribución y comercialización. Pese a que el artículo 25.3 de la vigente Ley de Propiedad Intelectual excluye expresamente del canon por copia privada a los programas de ordenador (apartado 1 del art. 25) y de los equipos y soportes sobre los que debe fijarse ese canon (apartado 2 del art. 25), como lógica consecuencia al pago de la licencia por el uso del programa, la realidad es que, desde septiembre de 2003, también todos los soportes digitales vírgenes de uso informático (datos) vienen soportando ese canon por una copia privada de la que están expresamente excluidos por mandato del legislador.
¿Quién compensa a empresas, administraciones, profesionales y particulares?
El rechazo generalizado a la imposición indiscriminada del canon por copia privada en todos los soportes digitales vírgenes que se perpetró en septiembre de 2003, no está perjudicando únicamente a quienes no hacen uso de los mismos para fijar obras sujetas a derechos de autor; existe un mercado emergente, el del software libre, de código abierto y libre distribución, contrario a los postulados tradicionales del copyright, que está siendo objeto de una penalización añadida en su libre distribución al tener que quedar fijado en unos soportes gravados con un canon del cual sus autores jamás obtendrán remuneración alguna.
Es más, los consumidores y usuarios de obras comercializadas en soportes digitales vírgenes están encontrándose con la imposibilidad de realizar su copia privada (salvo que realicen una transformación de la obra adquirida pudiendo llegar a incurrir en una conducta penalmente castigada) al venir tales obras dotadas de sistemas anti-copia; en este sentido, incluso la Directiva europea que ahora quiere trasponerse deprisa y corriendo desde el Gobierno, anuda la ?compensación" equitativa (ya no habla de remuneración) a la no existencia de medidas tecnológicas anti-copia porque éstas, es evidente, sí posibilitan la remuneración directa.
Incluso la patronal Sedisi, fusionada en la superpatronal del sector informático denominada Aetic junto con Aniel, ha sostenido en sus alegaciones al borrador del Ministerio de Cultura sobre la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual que los equipos y soportes destinados a usos profesionales deben quedar excluidos del canon por copia privada.
Panorama: recaude bien y no mire el qué
Alguna de las empresas pioneras en la venta de música en Internet se está viendo acosada por toda suerte de demandas y falacias propagadas por socios, nacionales e internacionales, de quienes no han tenido empacho alguno en fijarles -tras la correspondiente denuncia ante Defensa de la Competencia- unos cánones más ajustados al mercado como acreditación del pago de los derechos de autor, cuando su único pecado ha sido, precisamente, posibilitar la descarga de música en Internet con todas las bendiciones legales o al menos con los parabienes de los portaestandartes de las -demostradas como insuficientes- bendiciones parciales. De momento, contra ellos, no se ha lanzado el anatema de ?enemigos de la cultura" ni de los ?trabajadores de la cultura", pero parece que todo llega. De hecho, la principal entidad que agrupa a las empresas que quieren estar en el mercado de la venta de música por Internet, la Asociación de Música en Internet, se ha posicionado recientemente, como ha hecho el sindicato más representativo Comisiones Obreras y multitud de entidades y personas, en contra de la extensión del canon por copia privada a los soportes digitales de datos, a fin de retornar a la situación existente antes de 1 de septiembre de 2003, en la que -conviene recordarlo- únicamente soportaban el canon por copia privada los soportes digitales vírgenes fabricados para audio y video, llegando dicha Asociación de Música en Internet a asumir las alegaciones presentadas por esta Asociación de Internautas al borrador de la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual.
La voracidad recaudatoria y la expansión de cánones por todo está llegando a límites insospechados, como ha ocurrido recientemente en Alemania en donde incluso los ordenadores de determinado fabricante van a tener que pagar -ate esa mosca por el rabo- un canon de 12 euros (querían que fueran 30) a una entidad gestora de derechos de autor de periodistas y autores al alimón, claro que allí todavía están celebrando que las fotocopiadoras paguen canon, mientras que aquí muchos están temiendo que, en breve, lo tenga el ?tóner" y el papel en blanco, junto con el bolígrafo y los lápices (de colores o no). De hecho, al no haber implantado España el canon por el préstamo al público de libros en las bibliotecas, va a ser objeto de sanción por parte de las Autoridades comunitarias europeas por semejante pecaminosa omisión. El asunto debe consistir en fomentar la cultura, aunque sea a base de penalizar la lectura en las escasas bibliotecas que todavía tienen la osadía de tener y de prestar libros; en breve, esas lecturas públicas de El Quijote que tanto encadilan a nuestros políticos van a tener que pagar la correspondiente licencia, tasa o canon, aunque sean sin ánimo de lucro y dentro de alguna celebración centenal.
Entretanto, los consumidores, empresas, profesionales, administraciones e instituciones de todo tipo siguen soportando el canon por copia privada aunque les resulte incluso materialmente imposible realizarla, fundamentalmente porque quedaría incluso feo hacerlo dentro de la jornada de trabajo, ante el silencio del Gobierno empeñado en modificar el vigente Texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual sin cambiar, curiosamente, ni una sola coma de la regulación y del régimen legal de las entidades de gestión de derechos de autor.
Y, sin embargo, ¿quiénes han venido recibiendo toda suerte de denuncias públicas, insultos, querellas, demandas y descalificaciones desde la implantación unilateral contra los consumidores y usuarios, injusta por lo indiscriminada que es, arbitraria porque no distingue entre uso informático y soporte de audio y video para copia privada, e ilegal porque infringe las exclusiones que establece el legislador?.
La respuesta, el año que viene, para el que, por cierto, el Ministerio de Cultura ha presentado un plan de lucha contra la piratería en el mismo Ministerio y ante los representantes de las entidades de gestión de derechos de autor, productores discográficos, cinematográficos y de software, exclusivamente.
¿Y los consumidores y usuarios?, nos preguntamos. ¡ Ah, malditos, ahora la ley actúa !
No obstante todo ello: ¡¡ Feliz 2005 a tod@s !!
Asociación de Internautas.
Los "derechos recaudados" por copia privada por la principal entidad de gestión durante el ejercicio 2003 ascendieron a 11.479.000 euros, frente a los 5.858.000 euros de 2002, prácticamente duplicados, sin que en tal volumen de ?derechos recaudados" haya tenido impacto alguno el canon por copia privada impuesto para los soportes digitales de datos desde septiembre de 2003 (porque los soportes digitales vírgenes para audio y video ya pagaban el canon prácticamente desde su aparición, conviene recordar), dado que los primeros resultados de la recaudación habrán debido tener su reflejo inicial en el primer trimestre de 2004, datos que -confíamos- se den a conocer públicamente en 2005.
Pese a ese silencio sobre el resultado de la recaudación durante los tres primeros trimestres de 2004, de los cuales a buen seguro que alguna noticia tienen los gestores de las entidades de recaudación de derechos de autor, lo bien cierto es que durante el año 2004 se ha producido un ligero descenso del mercado de los consumibles en datos interanuales, según la Asociación de empresas de electrónica, tecnologías de la información y de telecomunicaciones de España (Aetic), pese a que el consumo de los soportes digitales vírgenes en concreto viene experimentando un incremento anual.
¿A qué es debido ese incremento en el volumen de ventas de los soportes digitales vírgenes?
Desafortunadamente para quienes vienen sosteniendo que la culpa de todos sus males la tienen la "piratería" e Internet, no viene auspiciado por un crecimiento de la copia privada en soporte digital ni por la descargas, legales e ilegales, en Internet, sino por el fenómeno de la fotografía e imagen digitales que, desde 2003, ha adquirido un auge importantísimo; tan es así que todos los fabricantes, importadores y distribuidores más significativos de soportes digitales vírgenes han anudado el mantenimiento y el ligero aumento del consumo de los mismos al fenómeno de la fotografía digital, obviamente necesitada de soporte de almacenamiento.
Es bien significativo el informe de mayo de 2003 de Tai Editorial, en el que todos los principales fabricantes y distribuidores de soportes digitales refieren el incremento del consumo de tales productos en relación con el fenómeno de la fotografía digital; tendencia que no sólo no se ha reducido ni estancado sino que va camino de convertirse en estas fechas en otro auténtico boom, por no mencionar el siempre emergente mercado de la telefonía inalámbrica, imbricado ya en ese otro fenómeno de la fotografía digital.
El consumo de software aumenta en 2004
La patronal del sector informático apunta que pese a ser un sector, el informático, en ligera recuperación tras dos años de estancamiento, es el mercado de venta de software el que experimenta un aumento del volumen de facturación en 2004; concretamente, refiere que en el segundo trimestre de 2004 se ha producido un aumento de las ventas de software de un 4'8 por 100 nada menos, el principal incremento de ventas con relación a datos del año 2003 que experimenta el sector informático, que se conozca al menos y con diferencia respecto a los restantes productos, consumibles incluidos (entre los que se encuentran los soportes digitales).
Como todo el mundo sabe, la venta de software también necesita generalmente de unos soportes digitales vírgenes en los que quede fijado para su venta, distribución y comercialización. Pese a que el artículo 25.3 de la vigente Ley de Propiedad Intelectual excluye expresamente del canon por copia privada a los programas de ordenador (apartado 1 del art. 25) y de los equipos y soportes sobre los que debe fijarse ese canon (apartado 2 del art. 25), como lógica consecuencia al pago de la licencia por el uso del programa, la realidad es que, desde septiembre de 2003, también todos los soportes digitales vírgenes de uso informático (datos) vienen soportando ese canon por una copia privada de la que están expresamente excluidos por mandato del legislador.
¿Quién compensa a empresas, administraciones, profesionales y particulares?
El rechazo generalizado a la imposición indiscriminada del canon por copia privada en todos los soportes digitales vírgenes que se perpetró en septiembre de 2003, no está perjudicando únicamente a quienes no hacen uso de los mismos para fijar obras sujetas a derechos de autor; existe un mercado emergente, el del software libre, de código abierto y libre distribución, contrario a los postulados tradicionales del copyright, que está siendo objeto de una penalización añadida en su libre distribución al tener que quedar fijado en unos soportes gravados con un canon del cual sus autores jamás obtendrán remuneración alguna.
Es más, los consumidores y usuarios de obras comercializadas en soportes digitales vírgenes están encontrándose con la imposibilidad de realizar su copia privada (salvo que realicen una transformación de la obra adquirida pudiendo llegar a incurrir en una conducta penalmente castigada) al venir tales obras dotadas de sistemas anti-copia; en este sentido, incluso la Directiva europea que ahora quiere trasponerse deprisa y corriendo desde el Gobierno, anuda la ?compensación" equitativa (ya no habla de remuneración) a la no existencia de medidas tecnológicas anti-copia porque éstas, es evidente, sí posibilitan la remuneración directa.
Incluso la patronal Sedisi, fusionada en la superpatronal del sector informático denominada Aetic junto con Aniel, ha sostenido en sus alegaciones al borrador del Ministerio de Cultura sobre la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual que los equipos y soportes destinados a usos profesionales deben quedar excluidos del canon por copia privada.
Panorama: recaude bien y no mire el qué
Alguna de las empresas pioneras en la venta de música en Internet se está viendo acosada por toda suerte de demandas y falacias propagadas por socios, nacionales e internacionales, de quienes no han tenido empacho alguno en fijarles -tras la correspondiente denuncia ante Defensa de la Competencia- unos cánones más ajustados al mercado como acreditación del pago de los derechos de autor, cuando su único pecado ha sido, precisamente, posibilitar la descarga de música en Internet con todas las bendiciones legales o al menos con los parabienes de los portaestandartes de las -demostradas como insuficientes- bendiciones parciales. De momento, contra ellos, no se ha lanzado el anatema de ?enemigos de la cultura" ni de los ?trabajadores de la cultura", pero parece que todo llega. De hecho, la principal entidad que agrupa a las empresas que quieren estar en el mercado de la venta de música por Internet, la Asociación de Música en Internet, se ha posicionado recientemente, como ha hecho el sindicato más representativo Comisiones Obreras y multitud de entidades y personas, en contra de la extensión del canon por copia privada a los soportes digitales de datos, a fin de retornar a la situación existente antes de 1 de septiembre de 2003, en la que -conviene recordarlo- únicamente soportaban el canon por copia privada los soportes digitales vírgenes fabricados para audio y video, llegando dicha Asociación de Música en Internet a asumir las alegaciones presentadas por esta Asociación de Internautas al borrador de la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual.
La voracidad recaudatoria y la expansión de cánones por todo está llegando a límites insospechados, como ha ocurrido recientemente en Alemania en donde incluso los ordenadores de determinado fabricante van a tener que pagar -ate esa mosca por el rabo- un canon de 12 euros (querían que fueran 30) a una entidad gestora de derechos de autor de periodistas y autores al alimón, claro que allí todavía están celebrando que las fotocopiadoras paguen canon, mientras que aquí muchos están temiendo que, en breve, lo tenga el ?tóner" y el papel en blanco, junto con el bolígrafo y los lápices (de colores o no). De hecho, al no haber implantado España el canon por el préstamo al público de libros en las bibliotecas, va a ser objeto de sanción por parte de las Autoridades comunitarias europeas por semejante pecaminosa omisión. El asunto debe consistir en fomentar la cultura, aunque sea a base de penalizar la lectura en las escasas bibliotecas que todavía tienen la osadía de tener y de prestar libros; en breve, esas lecturas públicas de El Quijote que tanto encadilan a nuestros políticos van a tener que pagar la correspondiente licencia, tasa o canon, aunque sean sin ánimo de lucro y dentro de alguna celebración centenal.
Entretanto, los consumidores, empresas, profesionales, administraciones e instituciones de todo tipo siguen soportando el canon por copia privada aunque les resulte incluso materialmente imposible realizarla, fundamentalmente porque quedaría incluso feo hacerlo dentro de la jornada de trabajo, ante el silencio del Gobierno empeñado en modificar el vigente Texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual sin cambiar, curiosamente, ni una sola coma de la regulación y del régimen legal de las entidades de gestión de derechos de autor.
Y, sin embargo, ¿quiénes han venido recibiendo toda suerte de denuncias públicas, insultos, querellas, demandas y descalificaciones desde la implantación unilateral contra los consumidores y usuarios, injusta por lo indiscriminada que es, arbitraria porque no distingue entre uso informático y soporte de audio y video para copia privada, e ilegal porque infringe las exclusiones que establece el legislador?.
La respuesta, el año que viene, para el que, por cierto, el Ministerio de Cultura ha presentado un plan de lucha contra la piratería en el mismo Ministerio y ante los representantes de las entidades de gestión de derechos de autor, productores discográficos, cinematográficos y de software, exclusivamente.
¿Y los consumidores y usuarios?, nos preguntamos. ¡ Ah, malditos, ahora la ley actúa !
No obstante todo ello: ¡¡ Feliz 2005 a tod@s !!
Asociación de Internautas.