La Fiscal铆a ve inconstitucionales las escuchas telef贸nicas sin permiso judicial
El informe se muestra contrario a diversos aspectos de la ley, entre ellos que, en caso de urgencia, el ministro del Interior o el secretario de Estado de Seguridad puedan autorizar la intervenci贸n de comunicaciones de todo tipo fuera de los supuestos de terrorismo, una posibilidad que a su juicio 芦debe ser suprimida por resultar contraria a la Constituci贸n禄.
Critica asimismo que la reforma fije unos plazos m谩ximos de instrucci贸n de los procedimientos penales, de seis meses para causas ordinarias y de 18 para las causas m谩s complejas prorrogables a petici贸n del juez.
El 贸rgano consultivo de la Fiscal铆a General del Estado propone tambi茅n la necesidad de regular la obligatoriedad de la transcripci贸n por los secretarios judiciales de las grabaciones de las declaraciones en la fase de instrucci贸n, un aspecto que deber铆a a su juicio incluirse en la reforma de la ley procesal.
Los fiscales han mostrado en el informe su 芦malestar禄 con esta reforma y han lamentado que 芦una vez m谩s se acuda a la indeseada t茅cnica legislativa de regulaci贸n parcial禄, desaprovechando 芦la ocasi贸n de abordar de forma definitiva la necesaria reforma del sistema procesal penal espa帽ol禄. El Consejo General del Poder Judicial tambi茅n se opuso al aspecto de la reforma que incluye las escuchas telef贸nicas sin autorizaci贸n judicial previa, ya que consider贸 que ello tiene dif铆cil encaje en la Constituci贸n.
Informe no vinculante
Al igual que la Fiscal铆a General del Estado, el CGPJ critic贸 la posibilidad de intervenir comunicaciones sin permiso del juez en un informe no vinculante remitido al Gobierno.
Seg煤n el Poder Judicial, el art铆culo 55.2 de la Constituci贸n solo se refiere a la suspensi贸n del derecho al secreto de las comunicaciones en los casos de bandas armadas o de terrorismo, por lo que 芦no se identifica en principio el fundamento constitucional de la intervenci贸n de la comunicaci贸n禄.