Asociaci贸n de Internautas

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Asociaci贸n de Internautas considera que la 'tasa Google' deber铆a plantearse "al rev茅s"

Asociaci贸n de Internautas considera que la 'tasa Google' deber铆a plantearse "al rev茅s"


El presidente de la Asociaci贸n de Internautas, V铆ctor Domingo, cree que la llamada 'tasa Google', que plantea la Ley de Propiedad Intelectual, deber铆a "exigirse al rev茅s" puesto que este tipo de buscadores dirijen a sus usuarios a los contenidos de esos medios de comunicaci贸n, posicion谩ndolos seg煤n su 茅xito, y permitiendo con ello que puedan subir sus precios a las empresas que quieran insertar publicidad en sus portales web.

MADRID, (EUROPA PRESS).- As铆 se desprende de su intervenci贸n, recogida por Europa Press, ante la subcomisi贸n de Estudio sobre redes sociales del Congreso de los Diputados, un grupo de trabajo al que ha planteado sus cr铆ticas sobre la Ley de Propiedad Intelectual, actualmente en tr谩mite parlamentario.

En el caso de los enlaces en Internet, el experto ha se帽alado que si se est谩 ante un acto "meramente autom谩tico t茅cnico y pasivo", como el que realizan los agregadores de noticias, la idea de exigir que paguen una tasa por mostrar en los resultados de las b煤squedas de sus usuarios fragmentos del contenido de una p谩gina web (previamente expuesta al p煤blico que navega por la Red) puede llevar "al absurdo" al tratarse de una medida que ya ha rechazado la jurisprudencia del TJUE, con su definici贸n de lo que es 'comunicaci贸n p煤blica' y lo que no mediante un 'link'.
COMPENSACI脫N EQUITATIVA Y CANON DIGITAL

Sobre la regulaci贸n de la copia privada que propone la normativa, Domingo ha subrayado que se trata de un sistema que excede "con mucho" de lo delimitado por el TJUE al imponer a trav茅s de los Presupuestos Generales del Estado el cobro de una cuant铆a econ贸mica predeterminada, en compensaci贸n por la posible realizaci贸n de copias de obras protegidas por derechos de autor en 谩mbito dom茅stico.

Seg煤n ha explicado, el TJUE dijo que "el concepto y la cuant铆a de la compensaci贸n equitativa est谩n vinculados al perjuicio causado al autor mediante la reproducci贸n para uso privado, no autorizada, de su obra protegida".

Adem谩s, ha indicado que este tribunal estableci贸 que "los Estados miembros tienen la facultad de establecer, al objeto de financiar la compensaci贸n equitativa, un canon por copia privada que no grava a las personas privadas afectadas, sino a quienes disponen de equipos, aparatos y soportes de reproducci贸n digital y, a este t铆tulo, de derecho o de hecho, ponen dichos equipos a disposici贸n de personas privadas o les prestan un servicio de reproducci贸n".
WEB DE ENLACES

Respecto a la capacidad del Estado para imponer sanciones penales a determinadas conductas, el presidente de la Asociaci贸n de Internautas ha recordado que el derecho penal s贸lo puede intervenir cuando fracasan otros medios de soluci贸n del conflicto, como protecci贸n subsidiaria, y que s贸lo debe aplicarse cuando la intervenci贸n de otros 贸rdenes jurisdiccionales, o de los propios individuos, sean insuficientes para terminar o reparar el da帽o.

A su juicio, una reforma de C贸digo Penal que incluya sanciones a la actividad de "enlazar" obras protegidas por derechos de autor resulta "del todo innecesaria".

El presidente de los internautas asegura que existen ya otras medidas legalmente previstas para reestablecer el orden jur铆dico que pudiera perturbarse con esa actividad, como son un procedimiento civil y un procedimiento administrativo. "En caso de entender ambos que son in煤tiles, lo que deber铆a hacerse es reparar sus defectos para que puedan ser correctamente aplicados", ha agregado.

Por otra parte, ha indicado que si se tiene en cuenta el conjunto del texto del C贸digo Penal, se observar谩 adem谩s que se est谩n imponiendo sanciones "completamente desproporcionadas", y "m谩s graves" que las previstas para otras conductas de "mayor alarma social".