La Uned expedienta a una trabajadora por supuesta desconsideraci贸n a un directivo de Telef贸nica
Hasta nuestro buz贸n, ha llegado un comunicado sobre un expediente abierto por la UNED a una trabajadora delegada sindical de la CNT , 聯por, entre otras cosas, "desconsideraci贸n" en las preguntas formuladas a un directivo de Telef贸nica durante el desempe帽o de su trabajo como redactora y la "publicaci贸n" del video que contiene la entrevista en su blog personal聰 antes de que lo autorizara la instituci贸n que organizaba el evento.
Nos hemos detenido en la lectura de los hechos, por cuanto parece que el expediente basa sus argumentos en una cuesti贸n t茅cnica, el alojamiento y la publicaci贸n de un video, de un acto celebrado en la UNED el 6 de Junio de 2011 sobre 聯Responsabilidad social corporativa聰, en el blog de la representante sindical expedientada. Seg煤n parece, 茅sta lo habr铆a obtenido sin permiso de la UNED, y adem谩s lo habr铆a publicado manipulado, a帽adiendo contenidos no autorizados. Y por ello, le recriminan que 聯la UNED, es a quien corresponde consecuentemente el derecho exclusivo de autorizar la reproducci贸n de sus copias y la comunicaci贸n y publicaci贸n de 茅stas, sin perjuicio de la libre disposici贸n que pudiera hacerse del material ya publicado por decisi贸n de la propia UNED, es decir, a partir del 24 de junio, fecha de emisi贸n del reportaje.聰
Otros argumentos del expediente abierto, menos consistentes, son que el contenido del video era 聯desconsiderado聰, refiri茅ndose a una entrevista que la sindicalista hizo 聯in situ聰 a un responsable de Telef贸nica.
Si tenemos en cuenta que la UNED es una instituci贸n p煤blica, que conoc铆a perfectamente el cargo que ocupaba la entrevistadora (es la responsable de la Secci贸n Sindical de CNT en la UNED, funci贸n que desempe帽a sin horas sindicales retribuidas) y que el entrevistado no parece sudar mucho con las preguntas de la entrevistadora, nos sorprende mucho que la UNED se escude en Telef贸nica para castigar a la entrevistadora y calificar algunas de sus preguntas c贸mo m谩s o menos 聯desconsideradas聰, precisamente, en un debate sobre Valoraci贸n econ贸mica de la Responsabilidad Social Corporativa, RSC, en ning煤n caso es un motivo presentable para abanderar un l铆mite a la libertad de expresi贸n e informaci贸n聟. Y nos parece impropio de la Instituci贸n Acad茅mica que se utilice al patrocinador como excusa, para ejercer esta clara restricci贸n de derechos.
Pero, centr谩ndonos en el verdadero problema, el alojamiento de contenidos, el enlace a los contenidos de otros, y la responsabilidad administrativa, civil o penal que ello pueda suponer.
Vemos que el blog personal de la sindicalista expedientada efectivamente muestra un video del acto de la UNED, en un post fechado el 7 de Julio de 2011.
Pero el pliego de cargos dice que la expedientada lo public贸 en Junio, s贸lo lo afirma, no dice c贸mo lo detect贸. Ni siquiera consta que en ese momento requiriese a la expedientada para que lo retirara.
El pliego dice adem谩s que el video est谩 manipulado seg煤n los intereses de la responsable del blog, y es curioso, porque el video parece ser que es id茅ntico al que se emiti贸 en RTVE el 24 de Junio de 2011, en cuyo 聯hueco聰 curiosamente ahora aparece este aviso: Lo sentimos el contenido solicitado ya no est谩 disponible debido a restricciones de derechos.
Y decimos que es 聯id茅ntico聰 y 聯curiosamente聰, porque en la web de la UNED sigue apareciendo el mismo video: .
Y lo mejor de todo, revisando el blog de la sindicalista expedientada, buscamos pistas para ver de d贸nde puede haber sacado el v铆deo que muestra a sus lectores, y si lo tiene alojado o no.
Para ello, repasamos el c贸digo fuente y聟. Nos encontramos con esto:
Es un enlace!!! En realidad la bloggera 聯enlaz贸聰 al video de la web oficial de la UNED!!! Y nos preguntamos 驴Entonces, c贸mo pudo poner un enlace a un contenido, antes de que lo hubieran publicado en la web de la UNED? 驴C贸mo pudo el redactor del pliego de cargos, deducir que ese contenido concreto estaba en el blog antes de que la UNED publicase el video oficial en su web, al que en realidad est谩 enlazando (聯embed聰)?
Desde luego, los argumentos sobre la 聯desconsideraci贸n聰 de la sindicalista expedientada, y la gravedad de su conducta, son flojos flojos, pero los argumentos t茅cnicos聟 estos ya son de traca.
Seguiremos el asunto, para ver si una vez m谩s, la tecnolog铆a se interpreta a gusto de quien es juez y parte en este caso, o la resoluci贸n logra evitar las garras de la prevaricaci贸n. Por cierto, un dato interesante, parece que la sindicalista hab铆a informado de que estaba embarazada, dos d铆as antes de iniciarse su expediente sancionador.
Defensor del Internauta - Asociaci贸n de Internautas
Otros argumentos del expediente abierto, menos consistentes, son que el contenido del video era 聯desconsiderado聰, refiri茅ndose a una entrevista que la sindicalista hizo 聯in situ聰 a un responsable de Telef贸nica.
Si tenemos en cuenta que la UNED es una instituci贸n p煤blica, que conoc铆a perfectamente el cargo que ocupaba la entrevistadora (es la responsable de la Secci贸n Sindical de CNT en la UNED, funci贸n que desempe帽a sin horas sindicales retribuidas) y que el entrevistado no parece sudar mucho con las preguntas de la entrevistadora, nos sorprende mucho que la UNED se escude en Telef贸nica para castigar a la entrevistadora y calificar algunas de sus preguntas c贸mo m谩s o menos 聯desconsideradas聰, precisamente, en un debate sobre Valoraci贸n econ贸mica de la Responsabilidad Social Corporativa, RSC, en ning煤n caso es un motivo presentable para abanderar un l铆mite a la libertad de expresi贸n e informaci贸n聟. Y nos parece impropio de la Instituci贸n Acad茅mica que se utilice al patrocinador como excusa, para ejercer esta clara restricci贸n de derechos.
Pero, centr谩ndonos en el verdadero problema, el alojamiento de contenidos, el enlace a los contenidos de otros, y la responsabilidad administrativa, civil o penal que ello pueda suponer.
Vemos que el blog personal de la sindicalista expedientada efectivamente muestra un video del acto de la UNED, en un post fechado el 7 de Julio de 2011.
Pero el pliego de cargos dice que la expedientada lo public贸 en Junio, s贸lo lo afirma, no dice c贸mo lo detect贸. Ni siquiera consta que en ese momento requiriese a la expedientada para que lo retirara.
El pliego dice adem谩s que el video est谩 manipulado seg煤n los intereses de la responsable del blog, y es curioso, porque el video parece ser que es id茅ntico al que se emiti贸 en RTVE el 24 de Junio de 2011, en cuyo 聯hueco聰 curiosamente ahora aparece este aviso: Lo sentimos el contenido solicitado ya no est谩 disponible debido a restricciones de derechos.
Y decimos que es 聯id茅ntico聰 y 聯curiosamente聰, porque en la web de la UNED sigue apareciendo el mismo video: .
Y lo mejor de todo, revisando el blog de la sindicalista expedientada, buscamos pistas para ver de d贸nde puede haber sacado el v铆deo que muestra a sus lectores, y si lo tiene alojado o no.
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Desde luego, los argumentos sobre la 聯desconsideraci贸n聰 de la sindicalista expedientada, y la gravedad de su conducta, son flojos flojos, pero los argumentos t茅cnicos聟 estos ya son de traca.
Seguiremos el asunto, para ver si una vez m谩s, la tecnolog铆a se interpreta a gusto de quien es juez y parte en este caso, o la resoluci贸n logra evitar las garras de la prevaricaci贸n. Por cierto, un dato interesante, parece que la sindicalista hab铆a informado de que estaba embarazada, dos d铆as antes de iniciarse su expediente sancionador.
Defensor del Internauta - Asociaci贸n de Internautas