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El Ayuntamiento de Pollen莽a (Mallorca) el primero de Espa帽a que lucha por la eliminaci贸n del canon digital.

El Ayuntamiento de Pollen莽a (Mallorca) el primero de Espa帽a que lucha por la eliminaci贸n del canon digital.


El motivo de la presente nota de prensa es informarle que el pasado jueves 28 de enero el pleno municipal del Ayuntamiento de Pollen莽a (Mallorca)[1] aprob贸 por unanimidad una moci贸n de Alterntativa Izquierda Unida 聳 Los Verdes (que adjuntamos) , por la cual el Ayuntamiento reclamar谩 a las empresas proveedoras de material inform谩tico la cantidad abonada en concepto de canon, llegando, si es el caso, a la demanda por la v铆a judicial.

Igualmente el Ayuntamiento solicitar谩 al gobierno la exenci贸n del pago del canon y modificar la ley para que las administraciones queden excluidas de pagar el canon, lo que supondr铆a un importante ahorro en tiempos de crisis.

Argumentaci贸n

El conocido como "canon digital" supone una carga adicional sobre el precio de todos los aparatos que puedan ser destinados a la reproducci贸n y almacenamientode documentos (fotocopiadoras, impresoras, equipos de reproducci贸n y de grabaci贸n de documentos audiovisuales, CDs, DVDs, etc...). El cobro del canon evidentemente es sencillo pero arbitrario puesto que se castiga a todo el mundo a pagar utilice o no el material comprado para copiar documentos con derechos de propiedad intelectual (finalidad original del canon )

Hay particulares que ya han conseguido sentencias que han ordenado la devoluci贸n del importe del canon tras acreditar que lo comprado no se ha empleado para la reproducci贸n de obras de autores.

Por ejemplo al mes de septiembre un juzgado de Sevilla orden贸 devolver el canon digital a un abogado que demostr贸 que us贸 los cuatro CDs que hab铆a comprado para copiar documentaci贸n de juicios. El juzgado oblig贸 a la tienda a devolver al abogado 1,12 euros. Cada uno de los CD le hab铆a costado 0,45 euros y el canon digital fue de 0,28 euros por cada uno, la mitad del precio. En este momento la tienda est谩 en su derecho de reclamar el importe del canon al mayorista que le suministra el material, ampar谩ndose en la resoluci贸n judicial. Y el mayorista, a su vez, tambi茅n podr铆a reclamarlo a las gestoras de los derechos de autor, la principal ser铆a l聮SGAE, que son los destinatarios finales.

Al caso de la administraci贸n y de nuestro Ayuntamiento podemos demostrar que no utilizamos CDs, DVDs, ordenadores 聟 para copiar obras con derechos de propiedad intelectual y pedimos que se aplique de oficio el art铆culo 25.7 d. de la ley que ya establece que el gobierno espa帽ol puede, mediante real decreto, establecer excepciones al pago de esta compensaci贸n equitativa y 煤nica (el canon) cuando quede suficientemente acreditado que el destino o uso final de los equipos, aparatos o soportes materiales no sea hacer copias privadas de obras con derechos de autor.

Hemos de a帽adir que la exenci贸n del pago del "canon digital" resultar铆a, adem谩s de ser de justicia por los argumentos expuestos, un ahorro importante en tiempo de crisis. Al 2009 este Ayuntamiento tuvo un gasto de 65.246 euros en material inform谩tico, una parte de la cual est谩 grabada con el citado canon digital. Por desgracia no hemos podido concretar que pod铆a ser el ahorro concreto del Ayuntamiento puesto que las facturas no especifican qu茅 cantidad pagamos de canon.

Esto supone que se est谩n haciendo los pagos de manera irregular puesto que la ley (arte 25) especifica como obligatorio que en las facturas debe constar claramente el concepto que se paga en forma de canon. Por lo que sabemos esta facturaci贸n irregular es la normal en la mayor铆a de Ayuntamientos.

Si unos particulares han sido capaces de ir a la justicia y ganar, m谩s raz贸n la administraci贸n tenemos la obligaci贸n de luchar por no pagar el canon por justicia y ahorro en tiempos de crisis.

Esperamos que otros Ayuntamientos nos imiten y que el gobierno exima a la administraci贸n del pago del mismo y cambie una ley profundamente injusta.
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[1] En el municipio de Pollen莽a (Mallorca) hay 17 concejales. En el gobierno; 5 concejales de Uni贸n Mallorquina y 4 del PSOE y en la oposici贸n 6 del Partido Popular, 1 del Partit Socialista de Mallorca y 1 de Alternativa Izquierda Unida 聳 Los Verdes,

ALTERNATIVA PER POLLEN脟A (A)

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MOCI脫N PARA LA EXENCI脫N DEL CANON DIGITAL PARA LAS ADQUISICIONES DE MATERIAL DE REPRODUCCI脫N Y ALMACENAMIENTO DE DOCUMENTOS POR PARTE DE LAS ADMINISTRACIONES


____________________, en representaci贸n de _____________presenta al pleno, para su discusi贸n y aprobaci贸n, la moci贸n relativa a: Exenci贸n de pago del canon digital para las adquisiciones de material de reproducci贸n y almacenamiento de documentos por parte de las administraciones.

EXPOSICI脫N DE MOTIVOS

1.Dado que 聯el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia聰 (de ahora adelante, TRLPI) introdujo el pago de una 聯compensaci贸n equitativa聰 sobre la reproducci贸n utilizada para uso privado, con el objetivo de compensar 聯los derechos de propiedad intelectual que se dejar谩n de percibir por raz贸n de la expresada reproducci贸n聰. Se trata del que ha venido a ser conocido como 聯canon digital聰 o "canon de la SGAE", y que supone una carga adicional sobre el precio de todos los apoyos y aparatos que puedan ser destinados a la reproducci贸n y almacenamiento de documentos (fotocopiadoras, impresoras, equipos de reproducci贸n y de grabaci贸n de documentos audiovisuales, CD-R, DVD-R, etc).

2. Dado que la aplicaci贸n indiscriminada, injusta y jur铆dicamente problem谩tica de este 聯canon digital tal y como se hace en Espa帽a ha sido objeto de contestaci贸n por parte de muchos de sectores sociales. Puesto que se trata de un coste a帽adido que se debe pagar al margen de si el material adquirido se utiliza para la reproducci贸n privada de material sujeto a derechos de propiedad intelectual.

3. Dado que ha habido sentencias que han ordenado la devoluci贸n del importe del canon, cuando se ha acreditado que "el apoyo se ha empleado para otra finalidad diferente de la reproducci贸n de obras de autores, que constituye la causa de tributaci贸n". Hay autos prejudiciales al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en qu茅 se interrogan sobre la legalidad de la aplicaci贸n indiscriminada del canon

4. Dado que al caso de las administraciones la presunci贸n de utilizaci贸n por copiar obras con derechos de propiedad intelectual resulta muy especialmente inadecuada y deber铆a prevalecer, en todo caso, la presunci贸n contraria. El propio art铆culo 25 del TRLPI ya establece que el gobierno espa帽ol puede fijar excepciones al pago del canon 聯cuando quede suficientemente acreditado que el destino o uso final de los equipos, aparatos o apoyos materiales no sea la reproducci贸n prevista a el art铆culo 31.2聰 (copia privada de obras de autor).

5.- Dado que para el Ayuntamiento de____________, y para la administraci贸n en general, la exenci贸n del pago del 聯canon digital聰 resultar铆a, adem谩s de ser de justicia por los argumentos expuestos, un ahorro en tiempo de crisis.

Por todo esto, este regidor presenta al pleno del Ayuntamiento, con la intenci贸n de verla enriquecida con las aportaciones del resto de grupos pol铆ticos y para su aprobaci贸n si procede, la siguiente propuesta

PROPUESTA:

1 . Reclamar a las empresas proveedoras la cantidad abonada en concepto de impuesto (芦Compensaci贸n equitativa禄) establecido en el art铆culo 25 de la TRLPI por los soportes y unidades de copia adquiridos desde que este impuesto se viene cargando sobre el precio de los productos llegando, si es el caso, a la demanda por la v铆a judicial.

2 . Solicitar del gobierno del Estado espa帽ol la exenci贸n del pago de la compensaci贸n 聯equitativa聰 que establece, para la adquisici贸n de aparatos o soportes que puedan ser usados en la copia y almacenamiento de documentos, el TRLPI.

3 . Instar al gobierno del Estado espa帽ol a modificar el TRLPI, por tal que las administraciones queden excluidas del pago de la compensaci贸n 聯equitativa聰 fijada por el art铆culo 25 del texto mencionado.

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