El ‘Paquete Telecom’ entra en vigor
El ‘Paquete Telecom’ entra en vigor
La publicación, ayer, del denominado Paquete Telecom en el Diario Oficial de la Unión Europea da luz verde a que las novedades que incluye la nueva normativa se convierten en legislación de obligado cumplimiento que los Estados tendrán que adoptar antes de junio de 2011.
I. del Castillo Expansión .- Aunque el Paquete Telecom se ha visto oscurecido en sus últimos meses por la polémica sobre la posibilidad de cortar el acceso a Internet a los usuarios domésticos –sin necesidad de una autorización judicial previa–, la realidad es que la obra de la comisaria Viviane Reding recoge una multitud de modificaciones que afectan tanto a los derechos de los usuarios como a las relaciones de poder, en este mercado, entre la Comisión Europea (CE) y los estados nacionales.
Berec. Uno de los instrumentos principales para ejercer este poder es el Berec (Body of European regulators for Electrónic Communications), el nuevo regulador de reguladores de las telecomunicaciones europeas. Aunque la presión de los Estados ha descafeinado el organismo –que inicialmente se parecÃa al BCE, aunque controlado por la Comisión–, el Berec obligará a los reguladores nacionales, como la CMT, a establecer una cooperación reforzada con sus colegas europeos.
El nuevo órgano, que a diferencia del resto del paquete entra en vigor inmediatamente y deberá elegir una sede, estará controlado funcionalmente por la Comisión y será constituido por los 27 reguladores de los paÃses miembros.
Poder de la Comisión. Otro de los aspectos polémicos es el aumento del poder de la CE, es decir, del nuevo comisario de telecomunicaciones (previsiblemente, la comisaria Neelie Kroes), sobre las decisiones de los reguladores nacionales.
Hasta ahora, Bruselas tenÃa derecho de veto sobre los análisis de los reguladores, pero no sobre las decisiones que adoptasen. Ahora, si se considera que perjudica al funcionamiento del mercado único, la CE podrá emitir una recomendación que exija al regulador nacional la modificación de la medida aprobada o, incluso, una decisión, que tendrá carácter obligado.
Derechos del usuario
Pero otras muchas de las novedades afectan a los derechos de los clientes respecto a los operadores, que se ven sensiblemente reforzados.
Portabilidad. AsÃ, obliga a las compañÃas a implantar la portabilidad del número ya sea móvil o fijo en sólo un dÃa, frente los siete dÃas de media de la actualidad. En España, la portabilidad se aplica en unos tres dÃas, pero la CMT ya está instando a los operadores a mejorar su servicio para ofrecer este mecanismo en un dÃa.
Información. También establece mayores niveles de información a los clientes, que deberán recibir en los contratos datos precisos sobre el nivel de calidad mÃnimo esperable y las indemnizaciones preestablecidas en caso de incumplimiento de esa calidad.
Datos personales. En el mismo sentido, también se obliga a los operadores a mejorar la protección de los datos personales de los clientes para evitar el spam (envÃo masivo de correo electrónico no solicitado) y a que se deberá pedir permiso para instalar cookies (pequeños programas que permiten un funcionamiento más rápido de algunas aplicaciones, pero que pueden almacenar datos del uso por parte del usuario) en los ordenadores de los clientes.
Niveles de calidad. Igualmente, y con el objetivo de garantizar en mayor medida la neutralidad de la red, la nueva regulación faculta a las autoridades nacionales a fijar niveles de calidad mÃnima para los servicios de acceso a Internet y exige que los operadores informen a los clientes, antes de firmar un contrato, de las técnicas de gestión del tráfico y de su incidencia en la calidad del servicio, asà como de cualquier otra restricción que se aplique.
Independencia del regulador. También se proporciona una mayor independencia a los reguladores de telecomunicaciones nacionales, respecto de los gobiernos locales, implantando una protección contra la sustitución arbitraria de sus consejeros.
Separación funcional. Se establece la figura de la separación funcional, que permitirá a los reguladores imponer, si lo consideran necesario para resolver problemas de competencia, la segregación por parte de los ex monopolios de su red básica, para asegurar un mejor servicio, más rápido y neutral para todos los operadores que utilizan su red alquilada.
------------------------------------------------------------------------
B10.-Derechos de usuarios en las Redes de Comunicación.- Directiva 2009/136/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2009 por la que se modifican la Directiva 2002/22/CE relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas, la Directiva 2002/58/CE relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas y el Reglamento (CE) no 2006/2004 sobre la cooperación en materia de protección de los consumidores (1)
Berec. Uno de los instrumentos principales para ejercer este poder es el Berec (Body of European regulators for Electrónic Communications), el nuevo regulador de reguladores de las telecomunicaciones europeas. Aunque la presión de los Estados ha descafeinado el organismo –que inicialmente se parecÃa al BCE, aunque controlado por la Comisión–, el Berec obligará a los reguladores nacionales, como la CMT, a establecer una cooperación reforzada con sus colegas europeos.
El nuevo órgano, que a diferencia del resto del paquete entra en vigor inmediatamente y deberá elegir una sede, estará controlado funcionalmente por la Comisión y será constituido por los 27 reguladores de los paÃses miembros.
Poder de la Comisión. Otro de los aspectos polémicos es el aumento del poder de la CE, es decir, del nuevo comisario de telecomunicaciones (previsiblemente, la comisaria Neelie Kroes), sobre las decisiones de los reguladores nacionales.
Hasta ahora, Bruselas tenÃa derecho de veto sobre los análisis de los reguladores, pero no sobre las decisiones que adoptasen. Ahora, si se considera que perjudica al funcionamiento del mercado único, la CE podrá emitir una recomendación que exija al regulador nacional la modificación de la medida aprobada o, incluso, una decisión, que tendrá carácter obligado.
Derechos del usuario
Pero otras muchas de las novedades afectan a los derechos de los clientes respecto a los operadores, que se ven sensiblemente reforzados.
Portabilidad. AsÃ, obliga a las compañÃas a implantar la portabilidad del número ya sea móvil o fijo en sólo un dÃa, frente los siete dÃas de media de la actualidad. En España, la portabilidad se aplica en unos tres dÃas, pero la CMT ya está instando a los operadores a mejorar su servicio para ofrecer este mecanismo en un dÃa.
Información. También establece mayores niveles de información a los clientes, que deberán recibir en los contratos datos precisos sobre el nivel de calidad mÃnimo esperable y las indemnizaciones preestablecidas en caso de incumplimiento de esa calidad.
Datos personales. En el mismo sentido, también se obliga a los operadores a mejorar la protección de los datos personales de los clientes para evitar el spam (envÃo masivo de correo electrónico no solicitado) y a que se deberá pedir permiso para instalar cookies (pequeños programas que permiten un funcionamiento más rápido de algunas aplicaciones, pero que pueden almacenar datos del uso por parte del usuario) en los ordenadores de los clientes.
Niveles de calidad. Igualmente, y con el objetivo de garantizar en mayor medida la neutralidad de la red, la nueva regulación faculta a las autoridades nacionales a fijar niveles de calidad mÃnima para los servicios de acceso a Internet y exige que los operadores informen a los clientes, antes de firmar un contrato, de las técnicas de gestión del tráfico y de su incidencia en la calidad del servicio, asà como de cualquier otra restricción que se aplique.
Independencia del regulador. También se proporciona una mayor independencia a los reguladores de telecomunicaciones nacionales, respecto de los gobiernos locales, implantando una protección contra la sustitución arbitraria de sus consejeros.
Separación funcional. Se establece la figura de la separación funcional, que permitirá a los reguladores imponer, si lo consideran necesario para resolver problemas de competencia, la segregación por parte de los ex monopolios de su red básica, para asegurar un mejor servicio, más rápido y neutral para todos los operadores que utilizan su red alquilada.
------------------------------------------------------------------------
B10.-Derechos de usuarios en las Redes de Comunicación.- Directiva 2009/136/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2009 por la que se modifican la Directiva 2002/22/CE relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas, la Directiva 2002/58/CE relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas y el Reglamento (CE) no 2006/2004 sobre la cooperación en materia de protección de los consumidores (1)