Asociaci贸n de Internautas

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Denuncian en Bruselas la normativa de interceptaci贸n de comunicaciones

Denuncian en Bruselas la normativa de interceptaci贸n de comunicaciones


La Asociaci贸n de Internautas (AI) ha presentado ante la Comisi贸n Europea (CE) una denuncia contra la normativa que regula la interceptaci贸n legal de las comunicaciones en Espa帽a , por ignorar, a su juicio, 芦las garant铆as constitucionales y comunitarias que protegen su correcta ejecuci贸n, como por ejemplo, el hecho de que deban ser ordenadas por un juez禄.

EP | MADRID .- Seg煤n AI, 芦la ejecuci贸n de la interceptaci贸n legal de las comunicaciones, hoy por hoy, est谩 regulada por una norma de rango inferior a la que deber铆a, ya que el art铆culo 55.3 de la Constituci贸n Espa帽ola dice que ha de tratarse de una Ley Org谩nica (y no ordinaria), la que determine la forma y los casos en los que, de forma individual y con la necesaria intervenci贸n judicial determinados derechos fundamentales como el derecho al secreto de las comunicaciones禄.

芦Las normas espa帽olas sobre comunicaciones electr贸nicas y protecci贸n de los usuarios establecen que las interceptaciones de las comunicaciones puedan iniciarse sin autorizaci贸n judicial previa禄

En este sentido, la asociaci贸n recuerda que las normas espa帽olas sobre comunicaciones electr贸nicas y protecci贸n de los usuarios, as铆 como de conservaci贸n de datos, 芦adem谩s de ser de car谩cter infra-org谩nico, establecen que las interceptaciones de las comunicaciones puedan iniciarse sin autorizaci贸n judicial previa禄.

芦Los agentes facultados por el Gobierno, en el marco de una investigaci贸n penal, pueden pedir a las operadoras datos personales de sus usuarios (datos de tr谩fico como las horas de llamada, la duraci贸n de las mismas o la identificaci贸n de quien llama y es llamado), sin que un juez haya determinado exactamente qu茅 usuarios pueden verse afectados y los motivos legales que as铆 lo amparan禄, contin煤a la organizaci贸n.

Denuncia en 2005

Por estar en desacuerdo en este punto, esta organizaci贸n acudi贸 en el a帽o 2005 a los tribunales espa帽oles, pero sus pretensiones fueron desestimadas en 2008, con una resoluci贸n del Tribunal Supremo que consideraba esos datos personales como 芦no dignos de protecci贸n como parte del derecho fundamental al secreto de las comunicaciones y por tanto, ajenos a la obligatoria orden judicial que previamente ha de establecer con detalle la ejecuci贸n de la interceptaci贸n禄.

A juicio de la Asociaci贸n de Internautas, 芦la mera interceptaci贸n de una comunicaci贸n, implica de por s铆, conocer qui茅nes son las personas que se comunican, la frecuencia de las comunicaciones o la duraci贸n, lo que conlleva impl铆citamente una vulneraci贸n del secreto de las comunicaciones".

En este sentido recuerda que, en el 谩mbito de la Uni贸n Europea, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha afirmado que se considera 芦vulnerado el derecho al secreto de las comunicaciones, no s贸lo con la observaci贸n del contenido interno de la comunicaci贸n, sino tambi茅n con el control de otros aspectos accesorios, como pueden ser los datos identificativos de los usuarios禄.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos exige que 芦toda medida individual de vigilancia ha de conformarse a condiciones y procedimientos rigurosos fijados por la propia legislaci贸n, que debe establecerse una proporcionalidad entre la defensa de la sociedad democr谩tica y la protecci贸n y respeto de los derechos y la Asociaci贸n de Internautas considera que esto es lo que deber铆a guiar la imprecisa e incompleta normativa espa帽ola en esta materia, sobre todo, en el respeto al control del poder p煤blico por las autoridades judiciales禄, concluye.