La Sra. Reding muestra sus cartas sobre la Enmienda 138
La Sra. Reding muestra sus cartas sobre la Enmienda 138
La Comisión Europea ha revelado a escondidas su posición sobre la segunda lectura del Paquete Telecom. Una vez interpretada, pide que el Paquete selle herméticamente el derecho de gobiernos y provedores de banda ancha a restringir Internet.
La Dirección General para la Sociedad de la Información ha revelado silenciosamente su posición sobre la segunda lectura del Paquete Telecom, justo cuando todo el mundo se marcha de vacaciones veraniegas. Sin duda la Comisaria Viviane Reding esperaba que nadie lo vería. ¿Por qué? Porque pide un texto de "compromiso" que el Consejo de Ministros intentaba que le aprobara el Parlamento Europeo, que podría tener como efecto el dar permiso a los gobiernos para bloquear el acceso a servicios y aplicaciones de Internet.
El así denominado "compromiso" consiste en el reemplazo de la Enmienda 138 (que trata de proteger los derechos de los usuarios de Internet) con una alternativa que fue bosquejada por el Consejo (a menudo conocida como la "falsa 138") El reemplazo, cuando se considera en el contexto de otras enmiendas del Paquete, sellará herméticamente en el Marco del Telecom el derecho a que los gobiernos implementen "medidas relativas al acceso a uso de servicios y aplicaciones por los usuarios finales a través de redes de comunicaciones electrónicas"
El así denominado "compromiso" está situado en el Artículo 1 de la Directiva Marco, dirigida a los Estados Miembros. Debería ser leída junto a la Enmienda 1.2a de la Directiva de Servicios Universales y Derechos de los Usuarios, que permitirá a los proveedores de Banda Ancha bloquear imponiendo "condiciones limitadoras del acceso a y/o uso de servicios y aplicaciones". A la luz del caso de T-Mobile bloqueando Skype, BT asfixiando los servicios P2P y Karoo, un pequeño I.S.P. británico que desconecta a los usuarios, debería quedar ya abundantemente claro lo que este texto significa.
Queda lejos de la aproximación "equilibrada" que la Comisión reclama. Oficialmente, la Comisión desea presentar el Paquete como algo beneficioso para los usuarios. Por ejemplo, dice, tendrán el derecho a contratar y a cambiar de proveedor. Lo que no dice públicamente, pero está siendo debatido activamente por los funcionarios entre bambalinas, es cuán lejos permite ir a los gobiernos con las medidas de cumplimiento del copyright.
El "compromiso" no excluiría el bloqueo de servicios P2P u otros servicios por parte de los I.S.P.s, posiblemente bajo órdenes de los gobiernos. El "compromiso" no impediría a los I.S.P.s el corte del acceso, usando el contrato como medio para hacerlo, sin requisito alguno de precisar una orden judicial. El usuario podría apelar a un cuerpo administrativo, lo cual no es lo mismo.
Aunque el texto establece que tales "medidas" deberían "respetar" los derechos fundamentales, parece que esto no es más que palabrería engañosa sobre la ley, y está resultando evidente que los gobiernos creen que pueden ordenar "medidas técnicas" tales como el bloqueo de protocolos y el bloqueo de páginas de compartición de archivos.
El reciente caso de Karoo en Hull (Reino Unido) es un ejemplo de hacia dónde están empujando a los I.S.P.s para sancionar a los usuarios sobre la base de las peticiones de los gestores del copyright, anticipándose a la aprobación del Paquete Telecom. Es discutible que el movimiento de la Sra. Reding sea un error por su parte para proteger a los ciudadanos europeos, y a su deber como Guardiana de los Tratados. Sus palabras, y las de su portavoz, Martin Selmayr, dichas contra el Gobierno Chino, dejan claro que la Comisión entiende muy bien que las "medidas técnicas" significan la censura, y que esto suena a hueco a la luz de lo que quieren hacer en Europa.
Cita de las declaraciones de la Comisión sobre la segunda lectura del Paquete Telecom, Directiva Marco: "En relación a la Enmienda 138, la Comisión la aceptó en su propuesta enmendada tras la primera lectura del Parlamento Europeo pero apoyó el texto de compromiso posterior del Parlamento Europeo y el Consejo como una solución equilibrada. La Comisión podría, por tanto, aceptar la enmienda, pero hará todo lo posible para facilitar el surgimiento de un compromiso entre los co-legisladores en este asunto"
El así denominado texto de "compromiso" que la Comisión quiere en el Paquete Telecom comparado con la Enmienda 138 original tal y como fue aprobada por el Parlamento Europeo:
Para leer la Posición de la Comisión Europea sobre la segunda lectura del Paquete Telecom
Texto completo de la Directiva de Servicios Universales y Derechos de los Usuarios
Fuente: IPtegrity
El así denominado "compromiso" consiste en el reemplazo de la Enmienda 138 (que trata de proteger los derechos de los usuarios de Internet) con una alternativa que fue bosquejada por el Consejo (a menudo conocida como la "falsa 138") El reemplazo, cuando se considera en el contexto de otras enmiendas del Paquete, sellará herméticamente en el Marco del Telecom el derecho a que los gobiernos implementen "medidas relativas al acceso a uso de servicios y aplicaciones por los usuarios finales a través de redes de comunicaciones electrónicas"
El así denominado "compromiso" está situado en el Artículo 1 de la Directiva Marco, dirigida a los Estados Miembros. Debería ser leída junto a la Enmienda 1.2a de la Directiva de Servicios Universales y Derechos de los Usuarios, que permitirá a los proveedores de Banda Ancha bloquear imponiendo "condiciones limitadoras del acceso a y/o uso de servicios y aplicaciones". A la luz del caso de T-Mobile bloqueando Skype, BT asfixiando los servicios P2P y Karoo, un pequeño I.S.P. británico que desconecta a los usuarios, debería quedar ya abundantemente claro lo que este texto significa.
Queda lejos de la aproximación "equilibrada" que la Comisión reclama. Oficialmente, la Comisión desea presentar el Paquete como algo beneficioso para los usuarios. Por ejemplo, dice, tendrán el derecho a contratar y a cambiar de proveedor. Lo que no dice públicamente, pero está siendo debatido activamente por los funcionarios entre bambalinas, es cuán lejos permite ir a los gobiernos con las medidas de cumplimiento del copyright.
El "compromiso" no excluiría el bloqueo de servicios P2P u otros servicios por parte de los I.S.P.s, posiblemente bajo órdenes de los gobiernos. El "compromiso" no impediría a los I.S.P.s el corte del acceso, usando el contrato como medio para hacerlo, sin requisito alguno de precisar una orden judicial. El usuario podría apelar a un cuerpo administrativo, lo cual no es lo mismo.
Aunque el texto establece que tales "medidas" deberían "respetar" los derechos fundamentales, parece que esto no es más que palabrería engañosa sobre la ley, y está resultando evidente que los gobiernos creen que pueden ordenar "medidas técnicas" tales como el bloqueo de protocolos y el bloqueo de páginas de compartición de archivos.
El reciente caso de Karoo en Hull (Reino Unido) es un ejemplo de hacia dónde están empujando a los I.S.P.s para sancionar a los usuarios sobre la base de las peticiones de los gestores del copyright, anticipándose a la aprobación del Paquete Telecom. Es discutible que el movimiento de la Sra. Reding sea un error por su parte para proteger a los ciudadanos europeos, y a su deber como Guardiana de los Tratados. Sus palabras, y las de su portavoz, Martin Selmayr, dichas contra el Gobierno Chino, dejan claro que la Comisión entiende muy bien que las "medidas técnicas" significan la censura, y que esto suena a hueco a la luz de lo que quieren hacer en Europa.
Cita de las declaraciones de la Comisión sobre la segunda lectura del Paquete Telecom, Directiva Marco: "En relación a la Enmienda 138, la Comisión la aceptó en su propuesta enmendada tras la primera lectura del Parlamento Europeo pero apoyó el texto de compromiso posterior del Parlamento Europeo y el Consejo como una solución equilibrada. La Comisión podría, por tanto, aceptar la enmienda, pero hará todo lo posible para facilitar el surgimiento de un compromiso entre los co-legisladores en este asunto"
El así denominado texto de "compromiso" que la Comisión quiere en el Paquete Telecom comparado con la Enmienda 138 original tal y como fue aprobada por el Parlamento Europeo:
Enmienda 138 original Directiva Marco Artículo 8.h | Texto de "compromiso", a menudo referido como "falsa" 138 Directiva Marco Artículo 1 Párrafo 3a (nuevo) |
(h) aplicando el principio de que no se puede imponer restricción alguna a los derechos y libertades fundamentales de los usuarios finales, sin un dictamen previo de las autoridades judiciales, notablemente de acuerdo al Artículo 11 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea sobre libertad de expresión e información, excepto cuando la seguridad pública esté amenazada, en cuyo caso el dictamen puede ser posterior. | 3a. Las medidas tomadas en relación al acceso a o uso de servicios y aplicaciones de los usuarios finales a través de redes de comunicaciones electrónicas deberán respetar los derechos y libertades fundamentales de las personas físicas, incluidas las relacionadas con la privacidad, la libertad de expresión y el acceso a la información así como el derecho a un juicio por un tribunal independiente e imparcial establecido por ley y actuando con el respeto a un debido proceso de acuerdo con el Artículo 6 de la Convención para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales. |
Para leer la Posición de la Comisión Europea sobre la segunda lectura del Paquete Telecom
Texto completo de la Directiva de Servicios Universales y Derechos de los Usuarios
Fuente: IPtegrity