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Albergar comentarios de otros en la web no es delito

Albergar comentarios de otros en la web no es delito


Ha sido una buena semana para la libertad de expresión en Internet. A los varios casos judiciales resueltos a favor de páginas web de intercambio de archivos, se unió ayer una de las primeras sentencias sobre la responsabilidad de los dueños de un sitio web. Un juez ha dictado que no son responsables de los comentarios que dejen sus usuarios en sus foros o noticias.

MIGUEL ÁNGEL CRIADO -Publico Una usuaria dejó un mensaje muy crítico con el alcalde . A principios de 2007, los dueños del sitio Mindoniense , Jesús Amieiro y Pablo C., crearon un foro en la página. Se acercaban las elecciones municipales y querían animar al debate entre los habitantes de Mondoñedo (Lugo). El 27 de febrero, una usuaria identificada como Ana dejó un mensaje muy crítico con el entonces alcalde de la localidad, Luis Rego, del PP. Al día siguiente, otro usuario dejó otro post aún mas ofensivo.

El edil decidió entonces interponer una demanda en defensa de su honor. Como quiera que los autores de los comentarios no pudieron ser identificados, exigió la responsabilidad civil para los dueños de la página por un atentado contra su honor.

Mindoniense no es responsable de la información generada por los usuarios

El juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de Mondoñedo ha desestimado la petición por considerar que, al amparo de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI), los administradores de Mindoniense no son responsables de la información generada por los usuarios de la página. El artículo 16 de la LSSI condiciona esta irresponsabilidad a que no se tenga conocimiento efectivo de que la información es ilícita o que, de tenerlo, no actúe con diligencia para retirarla.

Para el abogado Carlos Sánchez Almeida, cuyo bufete se encargó del caso, esta es una de las claves de la sentencia. "No vale con que los responsables de la web crean que los comentarios son ilícitos, eso tiene que decidirlo la autoridad judicial". De hecho, los demandados reconocieron el carácter difamatorio de los mensajes, pero, como dice la sentencia, "lo que no se puede entender probado es que los demandados tuvieran certeza efectiva, y no meras sospechas, de que los comentarios resultaban atentatorios contra el honor del demandante".

Aún así, los dueños del sitio retiraron los mensajes en cuanto les llamó la policía. Lo explica uno de ellos, Jesús Amieiro: "Tenemos una política de comentarios y los de este tipo, de verlos, no los habríamos permitido. Pero se nos pasaron". La página cuenta, además de la revisión manual, con un programa para detectar y bloquear palabras ofensivas. El juez recoge en la sentencia la buena fe de los administradores.

"El juez se ha apoyado en la LSSI y no en la Ley de Prensa" 

Contento por el auto, Amieiro destaca el hecho de que "el juez se ha apoyado en la LSSI y no en la Ley de Prensa". A pesar de todo, no piensan reabrir el foro que cerraron por prudencia. "Nosotros hemos ganado, pero ellos consiguieron lo que buscaban", lamenta.

El procurador del alcalde, que se representaba a sí mismo, apoyaba la demanda en la Ley de Prensa. Según dice el auto, los demandantes defendían la inaplicabilidad de la LSSI porque los demandados no reunían la cualidad de "prestadores de servicios de la sociedad de la información" porque no recibían ingresos de la página ni cumplían las obligaciones que estipula esta norma.

Sin embargo, la sentencia rechaza el argumento de la parte acusadora. La página sí tenía ingresos por medio de anuncios que, por modestos que sean, la convierte en prestadora de un servicio, en concreto informar sobre la actualidad de Mondoñedo. El otro punto alegado, el incumplimiento de las obligaciones de la LSSI, queda, según el juez, fuera del caso ya que su vigilancia es potestad de la Administración no de la Justicia. 
El abogado Almeida también destaca este punto de la sentencia. Frente a otros casos, como el blog Merodeando o el de Putasgae, en el que los jueces han aplicado una ley, la de prensa, que es de 1966, "este juez ha captado el espíritu de la LSSI. Es una barbaridad aplicar una ley de la dictadura en la era de Internet".

"Lo que están buscando es acumular sentencias que responsabilicen a los dueños de las webs" 

Almeida recuerda que en muchos de los juicios civiles iniciados por la SGAE, sobre todo los resueltos en juzgados de Madrid, se está aplicando la Ley Fraga por encima de la LSSI. "Lo que están buscando es acumular sentencias que responsabilicen a los dueños de las webs para ir creando una especie de jurisprudencia para, algún día, ir contra los que más les interesan, los grandes prestadores de servicio como los operadores", dice el abogado.

Sin embargo sólo el Tribunal Supremo puede establecer esta jurisprudencia. Varios de los casos de sitios condenados por opiniones de terceros están recurridos en esta sede judicial.



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