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La CMT abre un expediente sancionador a empresas proveedoras de correo electr贸nico

La CMT abre un expediente sancionador a empresas proveedoras de correo electr贸nico


Si creas cuentas de correos a tus clientes tienes que registrarte como operador de telecomunicaciones, aunque no cobres por esos servicios. Es la conclusi贸n que se desprende de un informe sancionador (PDF) de la CMT (Comisi贸n del Mercado de las Telecomunicaciones), sacado a la luz por la web Banda Ancha.

Por ANTONIO DELGADO (SOITU.ES).- Se trata de la primera vez que se aplica al pie de la letra la ley de 2003 a prestadores del servicio de correo electr贸nico, inicialmente pensada para las grandes empresas pero que puede afectar a muchas pymes y aut贸nomos que ofrecen el servicio de correo electr贸nico a sus clientes. Conceder cuentas de e-mail es algo tan simple y de bajo coste que incluso la proporcionan los m谩s peque帽os estudios de dise帽o, o muchas personas que alquilan un servidor dedicado y que luego revenden espacios mas peque帽os a terceros. Y ninguno de ellos est谩 registrado como "operador de telecomunicaciones".

El procedimiento se inicia a ra铆z de la denuncia de una empresa valenciana (Zonade Networks) contra once competidores de la zona, por prestar servicios de operadores de telecomunicaciones, ofreciendo el servicio de correo electr贸nico a sus clientes, en perjuicio de la demandante que s铆 estaba pagando las tasas anuales derivadas de esta situaci贸n. Tiempo despu茅s de realizar la denuncia la empresa decidi贸 retirarla, darse de baja en el registro de operador de telecomunicaciones y pedir la devoluci贸n de las tasas pagadas (argumentando que no hab铆an desarrollado tales actividades). Pero seg煤n la CMT, una vez iniciado un proceso, no se puede parar. Es m谩s: seg煤n los portavoces de la CMT consultados por soitu.es, s贸lo act煤an cuando hay denuncia; y siempre como reguladores, no como legisladores.

驴Qu茅 dice la ley?

Este proceso sancionador se basa en la Ley General de Telecomunicaciones, que en su apartado 6.2 regula los requisitos exigibles para la explotaci贸n de las redes y la prestaci贸n de los servicios de comunicaciones electr贸nicas. Esto es, empresas que presten servicios de acceso a internet (ISP), de correo electr贸nico, bases de datos o servicios de noticias.

En el informe sancionador, la CMT argumenta que "la asociaci贸n del servicio de correo electr贸nico al acceso a internet en sus inicios se deb铆a a que los elementos necesarios (servidor de correo, DNS, capacidad de registrar dominios, etc.) para el correcto funcionamiento de dicho servicio eran controlados y gestionados por el propio operador que ofrec铆a el acceso a internet". Pero las empresas de hospedaje de dominios llevan ofreciendo desde hace m谩s de 10 a帽os paneles de control para que sus usuarios puedan revender sus servicios y dotar de correo electr贸nico a sus clientes.

Adem谩s, la Ley General de Telecomunicaciones es del a帽o 2003, y el Reglamento encargado de regular el procedimiento de registro de operadores de telecomunicaciones se aprob贸 en el a帽o 2005. No es una ley tan antigua como puede desprenderse de la interpretaci贸n que hace la CMT en su informe.

驴A qui茅n se puede multar?

Seg煤n la CMT, hay que hacer una distinci贸n entre revendedores y distribuidores. S贸lo en el primer caso ser铆a necesario registrarse. Es decir, 煤nicamente la empresa que factura por este servicio es la que necesita estar registrada como operador de telecomunicaciones. Adem谩s, se da una paradoja curiosa: si una empresa s贸lo ofrece el 'hosting' de un dominio, no es necesario su inscripci贸n como operador. Sin embargo, si crea una sola cuenta de correo, seg煤n la legislaci贸n actual, debe hacerlo y cumplir las obligaciones reguladas como operador de telecomunicaciones. Si el servicio de correo electr贸nico se ofrece para uno mismo, como autoprestaci贸n, no es necesario registrarse.

驴A cu谩nto asciende la sanci贸n?

De las once empresas inicialmente investigadas, se ha iniciado un expediente sancionador contra seis de ellas. El importe de la sanci贸n est谩 por determinar, y est谩 ligada al beneficio bruto obtenido, siendo el importe no inferior a esta cifra, ni superior al qu铆ntuplo de ella. Seg煤n la ley, el m谩ximo aplicable es de dos millones de euros al ser una infracci贸n considerada como muy grave por la Ley General de Telecomunicaciones en su art铆culo 53. Contra esta resoluci贸n cabe la apelaci贸n y justificaci贸n de la documentaci贸n remitida para la revisi贸n del caso por parte de la CMT. Y si no hubiera acuerdo, los denunciados podr铆an acudir a la Audiencia Provincial.

驴C贸mo es el registro de operador de telecomunicaciones?

El registro como operador de telecomunicaciones es un procedimiento gratuito. Sin embargo, si se realiza una explotaci贸n econ贸mica del servicio estas empresas est谩n obligadas a pagar unas tasas anuales que suponen el 1,25 por 1.000 de los ingresos brutos de explotaci贸n. Es decir, si se factura poco, la tasa es m铆nima. Pero a empresas como Telef贸nica s铆 les supone un gran desembolso.