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La Audiencia Provincial de Madrid confirma que enlazar a redes P2P no es delito

La Audiencia Provincial de Madrid confirma que enlazar a redes P2P no es delito


La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado una vez más que enlazar a redes P2P no constituye un delito.

El Mundo - Según han informado David Bravo y Javier de la Cueva, abogados defensores de Sharemula, la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado el sobreseimiento libre en el caso Sharemula que realizó en septiembre de 2007 el Juzgado de Instrucción nº 4 de Madrid.

Este auto de la Audiencia Provincial de Madrid es firme, por lo que ya no cabe recurso alguno contra él.

Según los abogados defensores, en el auto, la Audiencia confirma las tesis de la defensa señalando que enlazar a las redes de pares (P2P) no constituye una actividad criminal, a pesar de que ésta sea la tesis mantenida por las acusaciones particulares.

En el auto destacan algunas afirmaciones. Por ejemplo, que "un enlace simple no supone vulneración de los derechos de propiedad intelectual. Este tipo de enlaces constituye únicamente una forma de facilitar al usuario de Internet el acceso a otra página web, ya que no reproducen la página enlazada, ni dan lugar a un almacenamiento de la misma en la propia página web de la remitente".

Además, también dicen los defensores que la actividad de una página web cuyo contenido son enlaces debe estudiarse conforme la regulación de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio, de 11 de julio de 2002, ya que la web es un prestador de servicios puesto que su actividad se centra en facilitar "enlaces, ni aloja archivos, ni realiza directamente la descarga, limitándose a facilitar una dirección donde se puede descargar la obra, esto es, su actividad se centra en enlazar".
'Un avance muy importante'

Los abogados defensores señalaron que "supone un avance muy importante porque arroja mucha luz sobre algo que sostenía la industria musical".

"Esto ya no es delito, ya no son teorías, lo dice la Audiencia, y es muy claro", añaden.

Quisieron destacar una frase del auto de la Audiencia: "Una cosa es comunicar publicamente y otra decir donde se puede comunicar publicamente", en alusión a dar sólo los enlaces de las redes P2P.

"Ha sido nuestra tesis desde el principio, y ya hay muchos autos que ls confirman", comentaron

Y por último, hicieron un llamamiento a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado: "La Audiencia les dice que sólo tienen que seguir los dictados del Ministerio Fiscal. No pueden estar del lado de una de las partes", en alusión a la parte denunciante.

Por su parte, Promusicae no quiso hacer declaraciones al respecto al no disponer aún del auto de la Audiencia.

Según esta sentencia, se podría obligar a un prestador de servicios a retirar un enlace si apunta a un contenido que ha sido declarado ilegal por una resolución en firme, y siempre y cuando se haya informado de dicha resolución al prestador de servicios.
Una larga historia

Igualmente, en casos de pederastia, al estar tipificado como delito comunicar pornografía infantil también se podría solicitar retirar este tipo de enlace.

El caso fue archivado hace casi un año, por la misma razón por la que ahora se ha confirmado su sobreseimiento, después de que los responsables de la página sharemula.com fueran detenidos.

Poco después, la industria audiovisual decidió recurrir la sentencia, ya que, según ellos, la decisión del juez "no crea precedente jurídico si se tienen en cuenta las 22 causas abiertas contra páginas web que, en todos los casos, están llevando adelante la instrucción, consideradas por el momento delito por los jueces que las tramitan".

La acusación estaba formada, entre otros, por la SGAE, Microsoft, Promusicae, EGEDA, y productoras de cine como Columbia Tristar Home Entertainment, Walt Disney, Twentieth Century Fox, Warner, Universal o Paramount.