Los internautas recibir谩n compensaciones por la interrupci贸n de sus conexiones
Los internautas recibir谩n compensaciones por la interrupci贸n de sus conexiones
El Consejo de Ministros aprob贸 un Real Decreto que modifica la norma sobre prestaci贸n de servicios de comunicaciones electr贸nicas, servicio universal y protecci贸n de los usuarios. Reconoce el derecho de los abonados de Internet a obtener una compensaci贸n econ贸mica en caso de interrupci贸n temporal del servicio.
EUROPA PRESS.- El Ejecutivo, que ha incorporado un nuevo art铆culo al texto para garantizar el citado derecho, enmarca esta medida "dentro del fortalecimiento de la pol铆tica de reconocimiento y garant铆a de los derechos de los usuarios de telecomunicaciones".
En concreto, el art铆culo establece que, cuando un abonado sufra interrupciones temporales del servicio de acceso a Internet, el operador deber谩 compensarle con la devoluci贸n del importe de la cuota de abono y otras cuotas fijas, prorrateadas por el tiempo que haya durado la interrupci贸n.
Asimismo, el operador estar谩 obligado a indemnizar autom谩ticamente al abonado, en la factura correspondiente al periodo inmediato a aquel en que se ha producido la incidencia, cuando la interrupci贸n del servicio suponga el derecho a una compensaci贸n por importe superior a un euro.
El contrato del servicio de acceso a Internet deber谩 recoger los t茅rminos y condiciones en que se dar谩 cumplimiento a esta obligaci贸n.
Excepciones para las telecos
No obstante, el operador no estar谩 obligado a indemnizar al abonado cuando la interrupci贸n temporal del servicio est茅 motivada por el incumplimiento grave por parte del abonado de las condiciones contractuales o por los da帽os producidos en la red debido a la conexi贸n de equipos terminales que no hayan evaluado la conformidad, de acuerdo con la normativa vigente.
Adem谩s, en el caso de que un operador incluya en su oferta la posibilidad de contratar conjuntamente servicios de telefon铆a fija e Internet, podr谩 indicar en la oferta la parte del precio que corresponde a cada servicio. Si no lo hace, se considerar谩 que el precio de cada uno es el proporcional al de su contrataci贸n por separado. En caso de que el operador no comercialice los servicios por separado, se considerar谩 que el precio de cada uno es el 50% del precio total.
Asimismo, seg煤n avanz贸 el Ministerio de Industria el pasado 24 de mayo, la nueva normativa sobre reclamaciones de servicios de telecomunicaciones establecer谩 que si el usuario se queda sin servicio en el transcurso de un cambio de compa帽铆a se considerar谩 "responsable" de ello al nuevo operador, "sin que 茅ste pueda alegar posibles dificultades t茅cnicas en el acceso o gesti贸n de la red".
La futura Orden Ministerial tambi茅n impondr谩 a las operadoras de telefon铆a fija, m贸vil e Internet la obligaci贸n de poder acreditar la solicitud de contrataci贸n de servicios por parte de los usuarios, con el objetivo de acabar con las altas fraudulentas ('slamming').
En concreto, el art铆culo establece que, cuando un abonado sufra interrupciones temporales del servicio de acceso a Internet, el operador deber谩 compensarle con la devoluci贸n del importe de la cuota de abono y otras cuotas fijas, prorrateadas por el tiempo que haya durado la interrupci贸n.
Asimismo, el operador estar谩 obligado a indemnizar autom谩ticamente al abonado, en la factura correspondiente al periodo inmediato a aquel en que se ha producido la incidencia, cuando la interrupci贸n del servicio suponga el derecho a una compensaci贸n por importe superior a un euro.
El contrato del servicio de acceso a Internet deber谩 recoger los t茅rminos y condiciones en que se dar谩 cumplimiento a esta obligaci贸n.
Excepciones para las telecos
No obstante, el operador no estar谩 obligado a indemnizar al abonado cuando la interrupci贸n temporal del servicio est茅 motivada por el incumplimiento grave por parte del abonado de las condiciones contractuales o por los da帽os producidos en la red debido a la conexi贸n de equipos terminales que no hayan evaluado la conformidad, de acuerdo con la normativa vigente.
Adem谩s, en el caso de que un operador incluya en su oferta la posibilidad de contratar conjuntamente servicios de telefon铆a fija e Internet, podr谩 indicar en la oferta la parte del precio que corresponde a cada servicio. Si no lo hace, se considerar谩 que el precio de cada uno es el proporcional al de su contrataci贸n por separado. En caso de que el operador no comercialice los servicios por separado, se considerar谩 que el precio de cada uno es el 50% del precio total.
Asimismo, seg煤n avanz贸 el Ministerio de Industria el pasado 24 de mayo, la nueva normativa sobre reclamaciones de servicios de telecomunicaciones establecer谩 que si el usuario se queda sin servicio en el transcurso de un cambio de compa帽铆a se considerar谩 "responsable" de ello al nuevo operador, "sin que 茅ste pueda alegar posibles dificultades t茅cnicas en el acceso o gesti贸n de la red".
La futura Orden Ministerial tambi茅n impondr谩 a las operadoras de telefon铆a fija, m贸vil e Internet la obligaci贸n de poder acreditar la solicitud de contrataci贸n de servicios por parte de los usuarios, con el objetivo de acabar con las altas fraudulentas ('slamming').