La plataforma todoscontraelcanon.es presenta 98.320 firmas contra el canon en el Senado
La plataforma 'www.todoscontraelcanon.es' ha entregado hoy en el Senado las 98.320 firmas recogidas a través de la web en contra del nuevo canon para los soportes digitales que contempla la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual.
Texto del escrito que acompaña a las firmas:
Texto del escrito que acompaña a las firmas:
PRESIDENTE DEL SENADO ESPAÑOL
En Madrid a 3 de Mayo de 2006
D. Víctor Domingo, con DNI XXXXXXXX, Presidente de la Asociación de Internautas, con CIF G82182494, y domicilio en C/ Telémaco, 12, 28043 Madrid
Dña. María Rodríguez-Losada Aguado, con DNI XXXXXXXX, Presidente de AEDOC Digital - Asociación de Empresas de Documentación Digital - NIF: G-84389907 y domicilio en c/ Velázquez, 53, 28001 Madrid.
D. Miguel Pérez Subías, con DNI, XXXXXXXXX, Presidente de la Asociación de Usuarios de Internet, con CIF: G-81235996, y domicilio en C/ Navaleno 32, 28033 Madrid
en representación de los 98.320 ciudadanos que han firmado y suscrito el manifiesto de la plataforma todoscontraelcanon.es, cuyos datos completos se adjuntan en soporte electrónico en el fichero firmas_todoscontraelcanon.txt, y de acuerdo con los siguientes datos:
- 31.421 ciudadanos que a nivel individual han suscrito el manifiesto de la plataforma todos contra el canon
- 106 Empresas y Organizaciones que han suscrito el manifiesto de forma colectiva en representación de los 66.899 miembros de dichas organizaciones
en representación de las Asociaciones y Federaciones empresariales, de usuarios y consumidores que promueven la iniciativa y cuyo listado se expone a continuación:
- Asociación de Empresas de Electrónica, Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones de España, AETIC
- Asociación de Empresas Operadoras y de Servicios de Telecomunicaciones, ASTEL
- Asociación de Ingenieros e Ingenieros Técnicos en Informática, ALI
- Asociación de Internautas, AI
- Asociación de Música en Internet, AMI
- Asociación de Técnicos de Informática, ATI
- Asociación de Usuarios de Internet, AUI
- Asociación de Usuarios de Linux, HISPALINUX
- Asociación Española de Documentación Digital, AEDOC DIGITAL
- Asociación Internet&Euskadi
- Asociación Multisectorial de Empresas Españolas de Electrónica y Comunicaciones , ASIMELEC
- Asociación Nacional de Empresas de Internet, ANEI
- Asociación Nacional del Comercio Especialista de Fotografía, ANCEFOTO
- Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación, COIT
- Comisiones Obreras: Servicios Financieros y Administrativos, COMFIA - CC. OO.
- Confederación Española de Asociaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios, CEACCU
- Confederación Española de Centros de Formación y Academias Privadas, CECAP
- Federación de Asociaciones de Ingenieros en Informática, AI2-MADRID
- Federación de Consumidores en Acción, FACUA
EXPONEN:
1º Que con motivo de la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual que en estos momentos se esta tramitando para la incorporación de enmiendas en el Senado y ante los cambios introducidos en esta ley a su paso por el Congreso de los Diputados, el nuevo texto da vía libre al establecimiento de un nuevo canon para los soportes digitales
2º Que un amplio colectivo de ciudadanos, asociaciones profesionales y entidades representativas de usuarios, empresas del sector de las tecnologías de la información, telecomunicaciones e Internet, reclaman mayor transparencia hacia el consumidor en este pago que encarece de forma indiscriminada los productos y servicios, y reafirman su posición en contra del Canon Digital que perjudica el desarrollo de la Sociedad de la Información y a la competitividad de nuestra economía.
3º En concreto, estas organizaciones manifiestan el rechazo a gravar los soportes, los equipos o redes y la tecnología en general con cánones, cuyos beneficiarios sean un sector económico o una actividad de intermediación específicos. Contraviene al interés general, ya que ello conlleva que cualquier colectivo ó sector que se vea afectado por un cambio tecnológico pueda reclamar un canon similar sobre la tecnología que ha provocado este cambio, e impide el desarrollo de nuevos modelos de negocio.
4º Que Internet propicia un cambio de modelo, con canales de distribución alternativos a los modelos tradicionales. Un canon no debe proteger un canal frente a otro, y la evolución al mundo digital desde el analógico debe permitir que la gestión de derechos pueda realizarse por otros métodos distintos al canon, una medida que no soluciona el problema de fondo y legitima, de alguna manera, la propia descarga ilegal de música u otros productos culturales.
5º Sin duda debe cobrar por su trabajo quien tiene derecho a ello; deben pagar por un servicio quienes deben hacerlo, y conviene que todos utilicen las nuevas tecnologías, para evitar que aumente la brecha digital y que nuestro país avance al ritmo de los países de nuestro entorno.
6º Todos los elementos que intervienen en las Tecnologías de la Información y de la Comunicación (TIC): soportes, equipos y redes de telecomunicaciones, sirven tanto para los contenidos que tienen derechos (copyright) como para los que están libres de ellos (copyleft, creative commons, etc.) y por tanto, si se grava de forma indiscriminada, se penaliza (en beneficio de unos pocos) a todos los usuarios. En este momento, además, la mayor parte de los contenidos que circulan por estos soportes no tienen derechos (i.e. voz, correo electrónico, navegación) o datos que, además, son de naturaleza privada.
7º Un canon introduce una múltiple imposición, ya que se pagan los derechos al comprar o adquirir el contenido, y se vuelve a pagar por el hecho de almacenarlo en un dispositivo, o de moverlo a través de una red de telecomunicaciones. El canon, como también se ha demostrado con el Canon Analógico utilizado en los CDs y DVDs, no erradica, en ningún caso, la piratería o el "top manta", y en algunos casos, incluso la incentiva, al incrementar el coste de los soportes, y propiciar que la compra de CDs, como otros servicios de Internet, sean deslocalizados a otros países que no tienen estos gravámenes.
8º Por otro lado, las organizaciones firmantes quieren también mostrar su preocupación por cómo determinados agentes presionan públicamente, en los medios de comunicación, y a todos los grupos parlamentarios, pretendiendo que se regule a favor de gravar cánones a soportes, equipos, redes de telecomunicaciones o accesos a Internet, y consiguen criminalizar al usuario y proveedor de las nuevas tecnologías, de forma sistemática e indiscriminada, al equipararles con delitos como la piratería o el "top manta".
9º Los firmantes, expresan un total respeto por la propiedad privada, y por los derechos de los autores de contenidos cualquiera que sea su origen (texto, audio, video, fotografías, etc.), y su máxima disposición a mejorar la colaboración con las autoridades judiciales y policiales, dentro de la regulación que se establezca, con las administraciones públicas, para la resolución y el esclarecimiento de aquellas actividades delictivas que se puedan producir en torno al mal uso de las TIC, de forma y fondo debidamente armonizados con la legislación europea.
10º Cada vez son más agentes los que aprovechan las características que aportan las TIC para facilitar el acceso y la promoción de sus contenidos, y se entiende por ello que la industria de los contenidos está en proceso de adaptación a esta nueva realidad. Existe un número creciente de experiencias que demuestran que los usuarios de las TIC están dispuestos a pagar cuando se les ofrecen productos atractivos y novedosos, por lo que la industria y el sector de los contenidos tienen casos de éxito basados precisamente en el uso de las TIC. Adicionalmente, estas organizaciones piden un debate activo para la búsqueda de soluciones sostenibles, acordes al signo de los tiempos, en aras a la equiparación española a los parámetros de uso de las TIC, desarrollo de Internet e índices de productividad con los países del entorno.
Por todo ello y con objeto de clarificar y poder dar una respuesta adecuada a la sociedad en general y a los firmantes de este escrito en particular
SUPLICAN
1º Que se de a conocer este escrito a todos los Senadores de la Cámara a la mayor brevedad posible para que las reflexiones que en él se incluyen, sean tenidas en cuenta en los debates que con motivo de la tramitación de la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual se van a producir en el Senado.
2º Que se impida el pago de un canon indiscriminado en todos los equipos y soportes informáticos y de telecomunicaciones.
3º Que la recaudación del canon como compensación del perjuicio que sufren los autores cada vez que se copia su obra se realice exclusivamente por aquellos que resultan perjudicados, gravándolo en los productos de venta al público que las editoriales y productoras de creaciones intelectuales utilizan para distribuir éstas
4º Que en cualquier caso si se regula la imposición de cualquier canon y en aras de una mayor transparencia y garantía tanto hacia el consumidor final como hacia los destinatarios de la recaudación, los firmantes de este escrito solicitamos:
4.1 Participar activamente en la fijación de las cuantías y soportes sujetos a canon.
4.2 Que se limite por la cuantía máxima del canon en proporción al precio de coste del producto que vaya gravado con dicho canon.
4.3 Que se recoja la obligación de informar al consumidor en relación a lo que paga por ese concepto de derechos de autor y quien cobra dicho canon.
4.4 Que se prohíba la doble, triple o más imposiciones que se producen por efecto del canon al pagarse en varios dispositivos y soportes que intervienen en la realización de una sola copia.
4.5 Que sean incompatibles las medidas restrictivas para la realización de copias privadas con la remuneración del canon a dichos soportes.
4.6 Que se exima de su pago a todos aquellas organizaciones Administrativas, Asociaciones, ONGs y colectivos así como empresarios y autónomos que no hacen uso de los soportes y equipos para almacenar contenidos con derechos de autor.
4.7 Que la recaudación de ese Canon se realice y distribuya por la propia Administración para:
4.7.1 Garantizar la transparencia, el cobro y el posterior reparto a sus destinatarios
4.7.2 Garantizar las labores de inspección de libros y contabilidad que actualmente tienen facultadas las Sociedades de Gestión de Derechos de Autor a los sujetos obligados de repercutir dichos cánones.
4.8.- Que se habiliten organismos de arbitraje que permitan resolver las controversias que se planteen en relación con el cobro/pago de este canon sin necesidad de recurrir a la Justicia Ordinaria y que se obligue a someterse a los mismos a las entidades responsables de su cobro.
Que, teniendo por presentado este escrito, y admitiéndolo, se resuelva atender la petición de información contenida en el cuerpo de este escrito, remitiendo la respuesta si fuese necesario a secretaria@todoscontraelcanon.es
En Madrid a tres de mayo de 2006, firman por triplicado los cuatro folios del presente escrito:
Víctor Domingo
Miguel Pérez Subías
María Rodríguez-Losada Aguado
En Madrid a 3 de Mayo de 2006
D. Víctor Domingo, con DNI XXXXXXXX, Presidente de la Asociación de Internautas, con CIF G82182494, y domicilio en C/ Telémaco, 12, 28043 Madrid
Dña. María Rodríguez-Losada Aguado, con DNI XXXXXXXX, Presidente de AEDOC Digital - Asociación de Empresas de Documentación Digital - NIF: G-84389907 y domicilio en c/ Velázquez, 53, 28001 Madrid.
D. Miguel Pérez Subías, con DNI, XXXXXXXXX, Presidente de la Asociación de Usuarios de Internet, con CIF: G-81235996, y domicilio en C/ Navaleno 32, 28033 Madrid
en representación de los 98.320 ciudadanos que han firmado y suscrito el manifiesto de la plataforma todoscontraelcanon.es, cuyos datos completos se adjuntan en soporte electrónico en el fichero firmas_todoscontraelcanon.txt, y de acuerdo con los siguientes datos:
- 31.421 ciudadanos que a nivel individual han suscrito el manifiesto de la plataforma todos contra el canon
- 106 Empresas y Organizaciones que han suscrito el manifiesto de forma colectiva en representación de los 66.899 miembros de dichas organizaciones
en representación de las Asociaciones y Federaciones empresariales, de usuarios y consumidores que promueven la iniciativa y cuyo listado se expone a continuación:
- Asociación de Empresas de Electrónica, Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones de España, AETIC
- Asociación de Empresas Operadoras y de Servicios de Telecomunicaciones, ASTEL
- Asociación de Ingenieros e Ingenieros Técnicos en Informática, ALI
- Asociación de Internautas, AI
- Asociación de Música en Internet, AMI
- Asociación de Técnicos de Informática, ATI
- Asociación de Usuarios de Internet, AUI
- Asociación de Usuarios de Linux, HISPALINUX
- Asociación Española de Documentación Digital, AEDOC DIGITAL
- Asociación Internet&Euskadi
- Asociación Multisectorial de Empresas Españolas de Electrónica y Comunicaciones , ASIMELEC
- Asociación Nacional de Empresas de Internet, ANEI
- Asociación Nacional del Comercio Especialista de Fotografía, ANCEFOTO
- Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación, COIT
- Comisiones Obreras: Servicios Financieros y Administrativos, COMFIA - CC. OO.
- Confederación Española de Asociaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios, CEACCU
- Confederación Española de Centros de Formación y Academias Privadas, CECAP
- Federación de Asociaciones de Ingenieros en Informática, AI2-MADRID
- Federación de Consumidores en Acción, FACUA
EXPONEN:
1º Que con motivo de la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual que en estos momentos se esta tramitando para la incorporación de enmiendas en el Senado y ante los cambios introducidos en esta ley a su paso por el Congreso de los Diputados, el nuevo texto da vía libre al establecimiento de un nuevo canon para los soportes digitales
2º Que un amplio colectivo de ciudadanos, asociaciones profesionales y entidades representativas de usuarios, empresas del sector de las tecnologías de la información, telecomunicaciones e Internet, reclaman mayor transparencia hacia el consumidor en este pago que encarece de forma indiscriminada los productos y servicios, y reafirman su posición en contra del Canon Digital que perjudica el desarrollo de la Sociedad de la Información y a la competitividad de nuestra economía.
3º En concreto, estas organizaciones manifiestan el rechazo a gravar los soportes, los equipos o redes y la tecnología en general con cánones, cuyos beneficiarios sean un sector económico o una actividad de intermediación específicos. Contraviene al interés general, ya que ello conlleva que cualquier colectivo ó sector que se vea afectado por un cambio tecnológico pueda reclamar un canon similar sobre la tecnología que ha provocado este cambio, e impide el desarrollo de nuevos modelos de negocio.
4º Que Internet propicia un cambio de modelo, con canales de distribución alternativos a los modelos tradicionales. Un canon no debe proteger un canal frente a otro, y la evolución al mundo digital desde el analógico debe permitir que la gestión de derechos pueda realizarse por otros métodos distintos al canon, una medida que no soluciona el problema de fondo y legitima, de alguna manera, la propia descarga ilegal de música u otros productos culturales.
5º Sin duda debe cobrar por su trabajo quien tiene derecho a ello; deben pagar por un servicio quienes deben hacerlo, y conviene que todos utilicen las nuevas tecnologías, para evitar que aumente la brecha digital y que nuestro país avance al ritmo de los países de nuestro entorno.
6º Todos los elementos que intervienen en las Tecnologías de la Información y de la Comunicación (TIC): soportes, equipos y redes de telecomunicaciones, sirven tanto para los contenidos que tienen derechos (copyright) como para los que están libres de ellos (copyleft, creative commons, etc.) y por tanto, si se grava de forma indiscriminada, se penaliza (en beneficio de unos pocos) a todos los usuarios. En este momento, además, la mayor parte de los contenidos que circulan por estos soportes no tienen derechos (i.e. voz, correo electrónico, navegación) o datos que, además, son de naturaleza privada.
7º Un canon introduce una múltiple imposición, ya que se pagan los derechos al comprar o adquirir el contenido, y se vuelve a pagar por el hecho de almacenarlo en un dispositivo, o de moverlo a través de una red de telecomunicaciones. El canon, como también se ha demostrado con el Canon Analógico utilizado en los CDs y DVDs, no erradica, en ningún caso, la piratería o el "top manta", y en algunos casos, incluso la incentiva, al incrementar el coste de los soportes, y propiciar que la compra de CDs, como otros servicios de Internet, sean deslocalizados a otros países que no tienen estos gravámenes.
8º Por otro lado, las organizaciones firmantes quieren también mostrar su preocupación por cómo determinados agentes presionan públicamente, en los medios de comunicación, y a todos los grupos parlamentarios, pretendiendo que se regule a favor de gravar cánones a soportes, equipos, redes de telecomunicaciones o accesos a Internet, y consiguen criminalizar al usuario y proveedor de las nuevas tecnologías, de forma sistemática e indiscriminada, al equipararles con delitos como la piratería o el "top manta".
9º Los firmantes, expresan un total respeto por la propiedad privada, y por los derechos de los autores de contenidos cualquiera que sea su origen (texto, audio, video, fotografías, etc.), y su máxima disposición a mejorar la colaboración con las autoridades judiciales y policiales, dentro de la regulación que se establezca, con las administraciones públicas, para la resolución y el esclarecimiento de aquellas actividades delictivas que se puedan producir en torno al mal uso de las TIC, de forma y fondo debidamente armonizados con la legislación europea.
10º Cada vez son más agentes los que aprovechan las características que aportan las TIC para facilitar el acceso y la promoción de sus contenidos, y se entiende por ello que la industria de los contenidos está en proceso de adaptación a esta nueva realidad. Existe un número creciente de experiencias que demuestran que los usuarios de las TIC están dispuestos a pagar cuando se les ofrecen productos atractivos y novedosos, por lo que la industria y el sector de los contenidos tienen casos de éxito basados precisamente en el uso de las TIC. Adicionalmente, estas organizaciones piden un debate activo para la búsqueda de soluciones sostenibles, acordes al signo de los tiempos, en aras a la equiparación española a los parámetros de uso de las TIC, desarrollo de Internet e índices de productividad con los países del entorno.
Por todo ello y con objeto de clarificar y poder dar una respuesta adecuada a la sociedad en general y a los firmantes de este escrito en particular
SUPLICAN
1º Que se de a conocer este escrito a todos los Senadores de la Cámara a la mayor brevedad posible para que las reflexiones que en él se incluyen, sean tenidas en cuenta en los debates que con motivo de la tramitación de la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual se van a producir en el Senado.
2º Que se impida el pago de un canon indiscriminado en todos los equipos y soportes informáticos y de telecomunicaciones.
3º Que la recaudación del canon como compensación del perjuicio que sufren los autores cada vez que se copia su obra se realice exclusivamente por aquellos que resultan perjudicados, gravándolo en los productos de venta al público que las editoriales y productoras de creaciones intelectuales utilizan para distribuir éstas
4º Que en cualquier caso si se regula la imposición de cualquier canon y en aras de una mayor transparencia y garantía tanto hacia el consumidor final como hacia los destinatarios de la recaudación, los firmantes de este escrito solicitamos:
4.1 Participar activamente en la fijación de las cuantías y soportes sujetos a canon.
4.2 Que se limite por la cuantía máxima del canon en proporción al precio de coste del producto que vaya gravado con dicho canon.
4.3 Que se recoja la obligación de informar al consumidor en relación a lo que paga por ese concepto de derechos de autor y quien cobra dicho canon.
4.4 Que se prohíba la doble, triple o más imposiciones que se producen por efecto del canon al pagarse en varios dispositivos y soportes que intervienen en la realización de una sola copia.
4.5 Que sean incompatibles las medidas restrictivas para la realización de copias privadas con la remuneración del canon a dichos soportes.
4.6 Que se exima de su pago a todos aquellas organizaciones Administrativas, Asociaciones, ONGs y colectivos así como empresarios y autónomos que no hacen uso de los soportes y equipos para almacenar contenidos con derechos de autor.
4.7 Que la recaudación de ese Canon se realice y distribuya por la propia Administración para:
4.7.1 Garantizar la transparencia, el cobro y el posterior reparto a sus destinatarios
4.7.2 Garantizar las labores de inspección de libros y contabilidad que actualmente tienen facultadas las Sociedades de Gestión de Derechos de Autor a los sujetos obligados de repercutir dichos cánones.
4.8.- Que se habiliten organismos de arbitraje que permitan resolver las controversias que se planteen en relación con el cobro/pago de este canon sin necesidad de recurrir a la Justicia Ordinaria y que se obligue a someterse a los mismos a las entidades responsables de su cobro.
Que, teniendo por presentado este escrito, y admitiéndolo, se resuelva atender la petición de información contenida en el cuerpo de este escrito, remitiendo la respuesta si fuese necesario a secretaria@todoscontraelcanon.es
En Madrid a tres de mayo de 2006, firman por triplicado los cuatro folios del presente escrito:
Víctor Domingo
Miguel Pérez Subías
María Rodríguez-Losada Aguado