La CLI advierte y recuerda que el el DNI-e no puede incluir datos de car谩cter personal ajenos a la identificaci贸n.
La Aprobaci贸n de la nueva Ley del Permiso de Conducir por Puntos producida el pasado viernes en el Senado, a falta de su ratificaci贸n en el Congreso, ha redoblado en la CLI los interrogantes sobre los datos que conformar谩n el contenido del futuro DNI electr贸nico.
La falta de debate social e informaci贸n que se est谩 dando en relaci贸n a la aprobaci贸n de una norma que regule el DNI electr贸nico, se ve acentuada d铆a a d铆a. Ayer en el Senado se aprob贸 la integraci贸n, 聯cuando sea posible聰, del documento del permiso de conducir por puntos en el futuro DNI electr贸nico. La falta de criterio que est谩 demostrando el Gobierno en lo que respecta a este asunto directamente ligado con los derechos fundamentales de los ciudadanos, ocasiona hechos como el producido en el Senado en el que parece que se quieren relegar tales derechos en aras de una pretendida eficacia.
De nuevo, expresamos nuestra preocupaci贸n por los par谩metros que finalmente queden plasmados en el texto que desarrolle el DNI Electr贸nico que, alg煤n d铆a, tendr谩 que publicarse en el Bolet铆n Oficial del Estado, por cuanto se puedan vulnerar derechos fundamentales, como lo son el derecho a la intimidad y la protecci贸n de datos personales en el 谩mbito de las Administraciones P煤blicas.
Solicitamos que el Congreso de los Diputados no ratifique semejante iniciativa pues existen indicios de que pueden quedar vulnerados tanto la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional como de la Audiencia Nacional en lo que respecta al principio de que los datos de car谩cter personal objeto de tratamiento no podr谩n usarse para finalidades distintas de aquellas para las que los datos hubieran sido recogidos ni podr谩n tratarse posteriormente de manera incompatible con dichos fines. Dicha Jurisprudencia sustenta, recordamos, la propuesta de reforma de la LOPD que promueve la CLI.
Tampoco conocemos si se ha consultado a la Agencia Espa帽ola de Protecci贸n de Datos, lo cual creemos que es preceptivo.
Esta estrategia que parece se est谩 imponiendo, consistente en concentrar en el DNI Electr贸nico la mayor cantidad de datos posible, puede derivar, por ejemplo, en la inclusi贸n de datos de salud -datos de car谩cter sensible en general, seg煤n la Ley 15/99 de Protecci贸n de Datos Personales- en una tarjeta electr贸nica, cuya 煤nica finalidad es la identificativa (en iguales t茅rminos que el actual DNI). La CLI estima que esa estrategia de concentrar cu谩nto m谩s datos mejor en el futuro DNI Electr贸nico no est谩 sujeta a la normativa vigente, salvo que se respaldara con la acreditaci贸n de un consentimiento individual, informado y expreso.
Forman parte de la Comisi贸n de Libertades Inform谩ticas
AI: Asociaci贸n de Internautas
ALI: Asociaci贸n de Doctores, Licenciados e Ingenieros en Inform谩tica,
APDHE: Asociaci贸n Pro Derechos Humanos de Espa帽a,
CCOO: Comisiones Obreras,
CECU: Confederaci贸n de Consumidores y Usuarios,
FADSP: Federaci贸n de Asociaciones de Defensa de la Sanidad P煤blica,
UGT: Uni贸n General de Trabajadores.
De nuevo, expresamos nuestra preocupaci贸n por los par谩metros que finalmente queden plasmados en el texto que desarrolle el DNI Electr贸nico que, alg煤n d铆a, tendr谩 que publicarse en el Bolet铆n Oficial del Estado, por cuanto se puedan vulnerar derechos fundamentales, como lo son el derecho a la intimidad y la protecci贸n de datos personales en el 谩mbito de las Administraciones P煤blicas.
Solicitamos que el Congreso de los Diputados no ratifique semejante iniciativa pues existen indicios de que pueden quedar vulnerados tanto la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional como de la Audiencia Nacional en lo que respecta al principio de que los datos de car谩cter personal objeto de tratamiento no podr谩n usarse para finalidades distintas de aquellas para las que los datos hubieran sido recogidos ni podr谩n tratarse posteriormente de manera incompatible con dichos fines. Dicha Jurisprudencia sustenta, recordamos, la propuesta de reforma de la LOPD que promueve la CLI.
Tampoco conocemos si se ha consultado a la Agencia Espa帽ola de Protecci贸n de Datos, lo cual creemos que es preceptivo.
Esta estrategia que parece se est谩 imponiendo, consistente en concentrar en el DNI Electr贸nico la mayor cantidad de datos posible, puede derivar, por ejemplo, en la inclusi贸n de datos de salud -datos de car谩cter sensible en general, seg煤n la Ley 15/99 de Protecci贸n de Datos Personales- en una tarjeta electr贸nica, cuya 煤nica finalidad es la identificativa (en iguales t茅rminos que el actual DNI). La CLI estima que esa estrategia de concentrar cu谩nto m谩s datos mejor en el futuro DNI Electr贸nico no est谩 sujeta a la normativa vigente, salvo que se respaldara con la acreditaci贸n de un consentimiento individual, informado y expreso.
Forman parte de la Comisi贸n de Libertades Inform谩ticas
AI: Asociaci贸n de Internautas
ALI: Asociaci贸n de Doctores, Licenciados e Ingenieros en Inform谩tica,
APDHE: Asociaci贸n Pro Derechos Humanos de Espa帽a,
CCOO: Comisiones Obreras,
CECU: Confederaci贸n de Consumidores y Usuarios,
FADSP: Federaci贸n de Asociaciones de Defensa de la Sanidad P煤blica,
UGT: Uni贸n General de Trabajadores.