BT
critica las restricciones de la regulación ADSL impulsada por el Gobierno
En un comunicado de prensa la operadora advierte de que "la introducción del
servicio ADSL no establece ningún precedente ni supone la regulación del acceso al bucle
de abonado" y lo considera "un gran paso en el impulso y desarrollo de la
Sociedad de la Información" si se cumplen "determinadas garantías técnicas
que permitan la entrada de competencia efectiva en los servicios a través de este acceso
en condiciones no discriminatorias para los nuevos operadores."
Reproducimos a continuación el contenido
íntegro de la citada nota de prensa.
POSICIONAMIENTO DE BT:
TARIFA PLANA E INTRODUCCIÓN DE TECNOLOGIA ADSL
1. Introducción
La reciente aparición de una nueva tecnología de acceso indirecto al bucle de abonado de
la red pública telefónica fija sobre el tradicional par de cobre telefónico, denominada
ADSL, ha abierto la posibilidad de ofrecer servicios de datos de alta velocidad utilizando
la instalación de teléfono tradicional, desde los locales del abonado.
El pasado 10 de abril, se publicaron en el BOE dos Ordenes del Ministerio de Fomento en
las que se establecen las condiciones para la provisión del acceso indirecto al bucle de
abonado de la red pública telefónica fija y los precios que los operadores deberán
abonar a Telefónica por la provisión de dicho acceso hasta finales del año 2000.
La idea inicial con la que se ha propuesto el lanzamiento de esta tecnología en España,
es la posibilidad de acceder a Internet con una mayor capacidad que la disponible
actualmente con los modems tradicionales. Por ello, se ha establecido inmediatamente una
relación, a veces interesada, entre la tecnología ADSL y la posible implantación de una
Tarifa Plana, que están reclamando desde hace tiempo algunos sectores de usuarios de
Internet.
La utilización de la tecnología ADSL puede ser de gran trascendencia, pues representa la
comercialización de un nuevo acceso por el bucle del abonado, con gran ancho de banda, a
las Redes de Datos y a los ISP´s a través de centrales ATM de Telefónica. Esta oferta,
que en principio parece destinada a la tarifa plana de Internet, puede dar transporte de
datos a alta velocidad a las empresas, lo que causará problemas de competencia, ya que
limita a uno sólo el número de operadores que van a poder prestar servicio de banda
ancha a un cliente. Otro aspecto es la posibilidad de que la contratación de la línea
básica de teléfono pueda hacerse con otro nuevo operador, mientras que el soporte ADSL
de ese cliente lo seguiría dando Telefónica.
2. Base Técnica
La tecnología ADSL (Asymmetric Digital Subscriber Line), permite transmitir por el cable
de cobre tradicional, en condiciones óptimas, hasta 1Mbps desde el abonado hacia la red y
hasta 8 Mbps en recepción. Para ello se utilizan modems específicos, que ya están hoy
desarrollados, aunque todavía casi sin implantación real.
A pesar de las velocidades teóricas citadas, en
la actualidad se están proponiendo caudales mucho más modestos. En la mayoría de los
países de la Unión Europea todavía no hay una oferta concreta con compromisos de
velocidades, incluyendo el Reino Unido. En España, que puede ser pionera en la
implantación de la tecnología ADSL, la SGC haestablecido velocidades de hasta 300 Kbps
hacia la red y 2 Mbps hacia el abonado, en la modalidad más optimista de calidad del
bucle local, con la advertencia además de garantizar sólo el 10% en plena carga.
3. Posición de BT
Telecomunicaciones
Ante todo, BT apoya la introducción de nuevas tecnologías que puedan ampliar la oferta
de servicios avanzados de telecomunicaciones en competencia. Este ha de ser el objetivo de
la introducción de la tecnología ADSL, con independencia de la necesidad de una tarifa
plana para Internet.
BT manifiesta, como principio fundamental, que la introducción del servicio ADSL no
establece ningún precedente ni supone la regulación del acceso al bucle de abonado. BT
considera que el mandato contenido en el Reglamento de Interconexión, Acceso y
Numeración, respecto a la obligación del operador dominante de facilitar el acceso al
bucle de abonado, ha de desarrollarse de manera independiente al presente caso, y mediante
un proceso de consulta pública totalmente transparente, ya que con la regulación actual,
podría implicar la posición dominante de Telefónica en el servicio de acceso al bucle
de abonado y la consecuantemente a los nuevos servicios prestados a través de banda
ancha, por lo tanto adquiriría posición dominante tanto en voz como en datos.
BT considera que la introducción de la tecnología ADSL supone en España un gran paso en
el impulso y desarrollo de la Sociedad de la Información, no obstante, dicho desarrollo
únicamente será real y efectivo si se cumplen determinadas garantías técnicas que
posibiliten la prestación de unos servicios con unos niveles de calidad asegurados, y
unas garantías normativas que permitan la entrada de competencia efectiva en los
servicios a través de este acceso en condiciones no discriminatorias para los nuevos
operadores.
Respecto a los niveles de calidad, BT considera que es necesario asegurar calidades de
servicio superiores a las consideradas en la nueva normativa, ya que con estos
parámetros, se está infrautilizando, limitando y degradando artificialmente la capacidad
que puede ofrecer la tecnología ADSL y de este modo se imposibilita la prestación de
nuevos usos y servicios avanzados que se podrían desarrollar sobre esta nueva plataforma,
diferentes al de Internet (que incluso se ofrece a una calidad menor que la que
actualmente se sumunistra con el puro acceso conmutado).
BT considera que la SGC, debería iniciar cuanto
antes la consulta pública para la elaboración del contrato tipo que se menciona en la
Orden de 26 de marzo que regula las relaciones entre el operador dominante y los
operadores autorizados, ya que en este contrato se recogerán las condiciones de calidad
en la provisión del ADSL y los supuestos de indemnización en caso de incumplimiento de
las mismos, y del mismo modo, con el fin de evitar la ventaja que supone para Telefónica
el empezar a prestar este servicio sin una moratoria, la SGC debería, con la mayor
brevedad posible, poner a disposición de los interesados las especificaciones técnicas
de los Modem de usuario, necesarios para prestar los servicios.
La necesidad de disponer del contrato tipo que
recoja unas condiciones de calidad que permitan ofrecer servicios avanzados, así como las
especificaciones técnicas de los Modem de usuario, es primordial para que la apertura de
este nuevo servicio se haga en condiciones de igualdad y no-discriminación para los
distintos operadores y de este modo hacer llegar al usuario final una amplia oferta de
servicios en las mejores condiciones y no limitarlo únicamente al acceso a Internet.
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