entornointeligente.com.- Según los datos de portabilidad analizados por la CNMC, Orange rechazó 1 de cada 5 portabilidades en 2013, mientras que en 2014, Orange se convirtió en la operadora que denegó un mayor número de portabilidades, casi el 16%.
En 2013 sólo Ono se situó por encima de Orange como la compañía que más portabilidades rechazó a sus clientes.
La CNMC recuerda que la portabilidad (el cambio de operador manteniendo el mismo número de teléfono) es un derecho esencial de los usuarios.
En su defensa, Orange ha asegurado que un 17% de los rechazos de portabilidad se debieron a la denominada "línea inactiva". Esto sucede cuando las solicitudes de portabilidad se inhabilitan porque el cliente se ha dado previamente de baja de la compañía.
La CNMC sostiene que Orange impidió de forma injustificada y reiterada las portabilidades de 525 clientes durante un período de tiempo considerable: entre el 4 de enero de 2013 y el 9 de diciembre de 2014.
Según advierte Competencia, contra esta resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación.
En 2013 sólo Ono se situó por encima de Orange como la compañía que más portabilidades rechazó a sus clientes.
La CNMC recuerda que la portabilidad (el cambio de operador manteniendo el mismo número de teléfono) es un derecho esencial de los usuarios.
En su defensa, Orange ha asegurado que un 17% de los rechazos de portabilidad se debieron a la denominada "línea inactiva". Esto sucede cuando las solicitudes de portabilidad se inhabilitan porque el cliente se ha dado previamente de baja de la compañía.
La CNMC sostiene que Orange impidió de forma injustificada y reiterada las portabilidades de 525 clientes durante un período de tiempo considerable: entre el 4 de enero de 2013 y el 9 de diciembre de 2014.
Según advierte Competencia, contra esta resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación.