Javier Romera/Alejandra Ramón (El economista.es) - "Como bien sabéis, la eficacia de las medidas de austeridad en el gasto de la Universidad no es una responsabilidad exclusiva de su equipo de gobierno, sino que resulta imprescindible la implicación de todos los miembros de la comunidad universitaria", asegura la misiva.
"Desde ese convencimiento, os informo de que la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Tercera), de 21 de octubre de 2010, concluye que la aplicación del canon digital, por usos distintos a la realización de copias privadas, no resulta conforme con la Directiva 2001/29. Este fallo implica que la Universidad de Granada no está obligada a soportar canon digital alguno en sus facturas de compra", concluye. Numerosos ayuntamientos de toda España han dejado también de pagar, iniciando en esta misma línea reclamaciones judiciales.
Además de la sentencia del Tribunal de Luxemburgo que exime del pago del canon digital a las empresas y administraciones, la Audiencia Nacional ha declarado ya nula la orden ministerial que fijo en 2008 los dispositivos que estaban gravados y las tarifas que debían abonar.
"Desde ese convencimiento, os informo de que la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Tercera), de 21 de octubre de 2010, concluye que la aplicación del canon digital, por usos distintos a la realización de copias privadas, no resulta conforme con la Directiva 2001/29. Este fallo implica que la Universidad de Granada no está obligada a soportar canon digital alguno en sus facturas de compra", concluye. Numerosos ayuntamientos de toda España han dejado también de pagar, iniciando en esta misma línea reclamaciones judiciales.
Además de la sentencia del Tribunal de Luxemburgo que exime del pago del canon digital a las empresas y administraciones, la Audiencia Nacional ha declarado ya nula la orden ministerial que fijo en 2008 los dispositivos que estaban gravados y las tarifas que debían abonar.