EFE - El País .- La Agencia de Protección de Datos considera que la SGAE incurrió en una infracción "muy grave" al realizar la grabación de un acto privado sin la "autorización inequívoca" de los interesados, algo que exige la ley. El hecho ocurrió cuando la SGAE contrató a un detective para colarse en una fiesta y grabar a los invitados bailando al ritmo de canciones protegidas con los derechos de autor.
El restaurante La Doma de la localidad sevillana de San Juan Aznalfarache fue condenado a pagar 43.179 euros de canon musical con base en otras pruebas, ya que un juzgado de lo Mercantil sevillano declaró nulo el vídeo porque constituía "una clara violación del derecho constitucional a la intimidad y a la propia imagen", al ser la boda un "acto privado y reservado", y al hacerse "a escondidas".
Al darse a conocer la resolución, la Asociación para la Protección de Datos de los Consumidores (Consudato) denunció los hechos a la Agencia, que finalmente ha impuesto la multa a la SGAE. En su defensa, la sociedad encargada de los derechos de autor ha alegado al contratar al detective no sabía qué medios se utilizarían para conseguir las pruebas, y que la filmación no pretendía generar un fichero de datos personales, un aspecto protegido por la ley.
Casos similares
El abogado Joaquín Moeckel ha indicado que Consudato ha elevado otra denuncia por un caso similar porque la SGAE ha presentado una demanda judicial contra otro salón de bodas, El Vizir, de Espartinas (Sevilla) con el apoyo del vídeo de un detective. El detective "se introdujo en la boda simulando ser invitados y ocultando la cámara de vídeo" ya que dicho recinto "no estaba abierto al público sino solo a unas personas determinadas", ha dicho el letrado.
Consudato afirma que se trata de una infracción "muy grave" pues la prueba se consiguió "de forma engañosa y fraudulenta" y además constituye "una reiteración en una actuación ya sancionada por Protección de Datos".
REPORTAJE
La SGAE contrata a detectives para asegurarse el cobro del canon digital
VIDEO
La APD multa a la SGAE por una infracción grave. (Portal Latino)
Absuelven a la revista cultural Quimera de atentar contra el honor de la SGAE
El restaurante La Doma de la localidad sevillana de San Juan Aznalfarache fue condenado a pagar 43.179 euros de canon musical con base en otras pruebas, ya que un juzgado de lo Mercantil sevillano declaró nulo el vídeo porque constituía "una clara violación del derecho constitucional a la intimidad y a la propia imagen", al ser la boda un "acto privado y reservado", y al hacerse "a escondidas".
Al darse a conocer la resolución, la Asociación para la Protección de Datos de los Consumidores (Consudato) denunció los hechos a la Agencia, que finalmente ha impuesto la multa a la SGAE. En su defensa, la sociedad encargada de los derechos de autor ha alegado al contratar al detective no sabía qué medios se utilizarían para conseguir las pruebas, y que la filmación no pretendía generar un fichero de datos personales, un aspecto protegido por la ley.
Casos similares
El abogado Joaquín Moeckel ha indicado que Consudato ha elevado otra denuncia por un caso similar porque la SGAE ha presentado una demanda judicial contra otro salón de bodas, El Vizir, de Espartinas (Sevilla) con el apoyo del vídeo de un detective. El detective "se introdujo en la boda simulando ser invitados y ocultando la cámara de vídeo" ya que dicho recinto "no estaba abierto al público sino solo a unas personas determinadas", ha dicho el letrado.
Consudato afirma que se trata de una infracción "muy grave" pues la prueba se consiguió "de forma engañosa y fraudulenta" y además constituye "una reiteración en una actuación ya sancionada por Protección de Datos".
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