Las cifras de Phishing , demuestran que algo no funciona en el maravilloso mundo de la banca on-line en España y está claro que, o bien son los usuarios que no se enteran, o bien son las entidades bancarias que actúan y lanzan nuevos productos sin asumir las consecuencias ni la responsabilidad a que les obliga la Ley.
Es un hecho probado que, en la mayoría de los casos, un usuario al que le vacíen la cuenta los phishers se va a ver compuesto y sin dinero, al menos, hasta que un Juzgado decida quién es el responsable de lo ocurrido, lo que en numerosas ocasiones significa un largo y lento recorrido por la vía judicial. Mientras, ¿quién asume lo ocurrido?, el cliente. Nos venden que la entidad bancaria se preocupa por sus clientes, que informa, que asume riesgos, que velan por tu jubilación, que regala vajillas y sortea coches si te unes a ellos, sin embargo, a la hora de la verdad, ante una reclamación seria, resulta que les compensa desentenderse del asunto como si el Phishing simplemente no fuera con ellos Como ejemplo, una resolución del Defensor del Cliente de Bancaja, respondiendo con un lamento lo ocurrido. Es esta resolución nada se aconseja al usuario, ninguna luz se le ofrece sobre las posibilidades de recuperar su dinero como cliente y, ninguna pista se le da sobre las obligaciones que tiene la entidad bancaria ante lo ocurrido.
Está claro que asumir el riesgo y las pérdidas on-line, supone para una entidad bancaria un negocio muy rentable: se ahorran millones de euros en costes de gestión y operaciones - en tiempo, oficina y personal - con sólo instalar el sistema informático más adecuado - y no el más seguro - para operar a través de Internet y además, en la práctica, no conlleva ningún tipo de responsabilidad por los fallos y pérdidas que esto pudiera provocar. Hasta ahora, les asiste una gran excusa: yo no he sido.
La Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero señala en su art. 20 que con arreglo a lo que establezcan las normas que, con carácter general, regulan la contratación por vía electrónica, se habilita al Ministro de Economía para regular las especialidades de la contratación de servicios de inversión de forma electrónica, garantizando la protección de los legítimos intereses de la clientela y sin perjuicio de la libertad de contratación que, en sus aspectos sustantivos y con las limitaciones que pudieran emanar de otras disposiciones legales, deba presidir las relaciones entre las empresas de servicios de inversión y su clientela, cosa que hasta hoy no se ha hecho.
Dadas las cifras millonarias que está defraudando el Phishing, el Sr. Pedro Solbes, podría poner un poco de atención sobre cómo funciona el comercio electrónico en nuestro país y, con o sin Europa- tratar de regular un sistema seguro para los usuarios de banca on-line, y seguro, en el sentido de respaldado, no en el sentido informático.
El Ministerio de Economía y Hacienda va con mucho retraso en materia de banca on-line, no ha exigido con eficiencia la aplicación de la legislación propia de los contratos de depósito para el ámbito de la banca electrónica. Es necesario, con urgencia, que tengamos constancia escrita y directa de dichas obligaciones, de la responsabilidad de las entidades bancarias respecto de sus usuarios cuando se producen fallos en sus sistemas on-line y, que también tengamos constancia de los mecanismos de resolución de controversias más beneficiosos para los consumidores, de tal forma que no quepan más respuestas dudosas como la que plantea el Defensor del Cliente a un usuario que se ha encontrado la cuenta vacía sin comerlo ni beberlo.
Mientras esto llega, un consejo: utilicen ustedes a los bancos, abran una cuenta para gastos, para consultar y operar on-line y, con escasos recursos, y otra cuenta (a ser posible en otro banco), para sus ahorros, sin que sobre ésta quepa opción alguna de realizar operaciones on-line más allá de la mera consulta. Eso si, si logran encontrar una entidad bancaria que realmente ofrezca un servicio de banca on-line seguro, que puntualmente de a los usuarios toda la información que posea sobre Phishing y que, además, ofrezca una cláusula de responsabilidad objetiva en caso de fraude, entonces, avísennos.
Defensor del Internauta
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- Qué es el phishing y cómo protegerse -
Consejos si usted fue victima de este tipo de engaño,
1.- Actué rápido.
2.- Cambien las claves privadas por unas nuevas.
3.- Notifique lo antes posible la incidencia a su entidad, no espere a mañana llame de inmediato, las entidades bancarias actuaran al instante sobre este tipo de estafas.
4.- Denuncie el fraude a las Fuerzas de Seguridad del Estado.
CASOS Y RECOMENDACIONES SOBRE EL PHISHING
Guía rápida para reconocer páginas web falsas que simulan entidades bancarias.
Guía rápida para conocer los nuevos fraudes que se producen en la red.
Normas de Seguridad para acceder a la banca por internet
Internautas Televisión: Phishing.
Internautas Televisión: Guía de fraudes en la red.
Tele Madrid
TVE 1
LE PUEDE PASAR A CUALQUIERA.
Faq de ayuda sobre phishing;
http://seguridad.internautas.org/html/1/451.html
http://www.seguridadpymes.es/noticia.php?id=5
La Asociación de Internautas cuenta con un servicio operativo desde diciembre de 2004, a disposición de todos aquellos internautas que quieran reportar información sobre este tipo de fraudes Phishing, pueden mandar un correo y adjuntar la información a; phishing@internautas.org
Se estudia el caso y se comunica a las Fuerzas de Seguridad del Estado para cursar la denuncia.
- CONFIANZA EN LÍNEA-
Normas de Seguridad para acceder a la banca por internet
Normas de Seguridad para una clave perfecta en Internet
Programa que te ayuda a Generar Claves Seguras.
RECOMENDACIONES
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DENUNCIA PHISHING
Es un hecho probado que, en la mayoría de los casos, un usuario al que le vacíen la cuenta los phishers se va a ver compuesto y sin dinero, al menos, hasta que un Juzgado decida quién es el responsable de lo ocurrido, lo que en numerosas ocasiones significa un largo y lento recorrido por la vía judicial. Mientras, ¿quién asume lo ocurrido?, el cliente. Nos venden que la entidad bancaria se preocupa por sus clientes, que informa, que asume riesgos, que velan por tu jubilación, que regala vajillas y sortea coches si te unes a ellos, sin embargo, a la hora de la verdad, ante una reclamación seria, resulta que les compensa desentenderse del asunto como si el Phishing simplemente no fuera con ellos Como ejemplo, una resolución del Defensor del Cliente de Bancaja, respondiendo con un lamento lo ocurrido. Es esta resolución nada se aconseja al usuario, ninguna luz se le ofrece sobre las posibilidades de recuperar su dinero como cliente y, ninguna pista se le da sobre las obligaciones que tiene la entidad bancaria ante lo ocurrido.
Está claro que asumir el riesgo y las pérdidas on-line, supone para una entidad bancaria un negocio muy rentable: se ahorran millones de euros en costes de gestión y operaciones - en tiempo, oficina y personal - con sólo instalar el sistema informático más adecuado - y no el más seguro - para operar a través de Internet y además, en la práctica, no conlleva ningún tipo de responsabilidad por los fallos y pérdidas que esto pudiera provocar. Hasta ahora, les asiste una gran excusa: yo no he sido.
La Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero señala en su art. 20 que con arreglo a lo que establezcan las normas que, con carácter general, regulan la contratación por vía electrónica, se habilita al Ministro de Economía para regular las especialidades de la contratación de servicios de inversión de forma electrónica, garantizando la protección de los legítimos intereses de la clientela y sin perjuicio de la libertad de contratación que, en sus aspectos sustantivos y con las limitaciones que pudieran emanar de otras disposiciones legales, deba presidir las relaciones entre las empresas de servicios de inversión y su clientela, cosa que hasta hoy no se ha hecho.
Dadas las cifras millonarias que está defraudando el Phishing, el Sr. Pedro Solbes, podría poner un poco de atención sobre cómo funciona el comercio electrónico en nuestro país y, con o sin Europa- tratar de regular un sistema seguro para los usuarios de banca on-line, y seguro, en el sentido de respaldado, no en el sentido informático.
El Ministerio de Economía y Hacienda va con mucho retraso en materia de banca on-line, no ha exigido con eficiencia la aplicación de la legislación propia de los contratos de depósito para el ámbito de la banca electrónica. Es necesario, con urgencia, que tengamos constancia escrita y directa de dichas obligaciones, de la responsabilidad de las entidades bancarias respecto de sus usuarios cuando se producen fallos en sus sistemas on-line y, que también tengamos constancia de los mecanismos de resolución de controversias más beneficiosos para los consumidores, de tal forma que no quepan más respuestas dudosas como la que plantea el Defensor del Cliente a un usuario que se ha encontrado la cuenta vacía sin comerlo ni beberlo.
Mientras esto llega, un consejo: utilicen ustedes a los bancos, abran una cuenta para gastos, para consultar y operar on-line y, con escasos recursos, y otra cuenta (a ser posible en otro banco), para sus ahorros, sin que sobre ésta quepa opción alguna de realizar operaciones on-line más allá de la mera consulta. Eso si, si logran encontrar una entidad bancaria que realmente ofrezca un servicio de banca on-line seguro, que puntualmente de a los usuarios toda la información que posea sobre Phishing y que, además, ofrezca una cláusula de responsabilidad objetiva en caso de fraude, entonces, avísennos.
Defensor del Internauta
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- Qué es el phishing y cómo protegerse -
Consejos si usted fue victima de este tipo de engaño,
1.- Actué rápido.
2.- Cambien las claves privadas por unas nuevas.
3.- Notifique lo antes posible la incidencia a su entidad, no espere a mañana llame de inmediato, las entidades bancarias actuaran al instante sobre este tipo de estafas.
4.- Denuncie el fraude a las Fuerzas de Seguridad del Estado.
CASOS Y RECOMENDACIONES SOBRE EL PHISHING
Guía rápida para reconocer páginas web falsas que simulan entidades bancarias.
Guía rápida para conocer los nuevos fraudes que se producen en la red.
Normas de Seguridad para acceder a la banca por internet
Internautas Televisión: Phishing.
Internautas Televisión: Guía de fraudes en la red.
Tele Madrid
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LE PUEDE PASAR A CUALQUIERA.
Faq de ayuda sobre phishing;
http://seguridad.internautas.org/html/1/451.html
http://www.seguridadpymes.es/noticia.php?id=5
La Asociación de Internautas cuenta con un servicio operativo desde diciembre de 2004, a disposición de todos aquellos internautas que quieran reportar información sobre este tipo de fraudes Phishing, pueden mandar un correo y adjuntar la información a; phishing@internautas.org
Se estudia el caso y se comunica a las Fuerzas de Seguridad del Estado para cursar la denuncia.
- CONFIANZA EN LÍNEA-
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