20Minutos.es - Dichas peticiones trataban sobre las garantías judiciales a la hora de retirar un contenido de la red o prohibir el acceso a una determinada página.
La AUI mantiene que debe existir un mandamiento judicial tanto para poder cerrar una web como para acceder a los datos que están obligados a guardar los proveedores y, finalmente, eliminar de la ley la posibilidad de que un proveedor le pueda impedir a un usuario acceder a un determinado contenido.
Aún así el texto remitido establece que "cuando un órgano competente hubiera ordenado, en ejercicio de las competencias que legalmente tenga atribuidas, que se interrumpa la prestación de un servicio de la sociedad de la información o la retirada de determinados contenidos provenientes de prestadores establecidos en España (...), dicho órgano podrá ordenar a los citados prestadores que suspendan el correspondiente servicio de intermediación utilizando para la provisión del servicio de la información o de los contenidos cuya interrupción o retirada hayan sido ordenados respectivamente"
La AUI se pregunta cuáles son los órganos competentes, ya que el texto no lo especifica en ningún punto.
"Una página web es a todos los efectos un medio de comunicación y como tal debe ser tratado; si no lo consideramos así, podemos caer en situaciones como las recientemente acontecidas en China", dijo Pérez Subías, presidente de la AUI.
Responsabilidad de los enlaces
La nueva ley también responsabiliza al proveedor del link o del motor de búsqueda de los contenidos de los que tiene conocimiento porque han sido elaborados bajo su dirección, autoridad o control.
Según la AUI, esta medida está en contra de la Internet 2.0, de los espacios públicos de los usuarios, ya que internet es dinámica, cambiante.
"¿Por qué si alguien pone un link en mi blog a otra página tengo que ser yo responsable de los contenidos de esta página, si estos pueden cambiar cada minuto?", se pregunta el presidente de la AUI.
"La administración o, en su defecto, los "órganos competentes" no deben decidir qué contenidos se pueden o no publicar. Esta medida supone una restricción y un veto a los usuarios para acceder a páginas y sitios de Internet", afirma la AUI.
Además, la asociación no descarta emprender acciones legales y recurrir la LMISI ante otras instancias por entender que se vulneran los derechos de los usuarios.
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Aún así el texto remitido establece que "cuando un órgano competente hubiera ordenado, en ejercicio de las competencias que legalmente tenga atribuidas, que se interrumpa la prestación de un servicio de la sociedad de la información o la retirada de determinados contenidos provenientes de prestadores establecidos en España (...), dicho órgano podrá ordenar a los citados prestadores que suspendan el correspondiente servicio de intermediación utilizando para la provisión del servicio de la información o de los contenidos cuya interrupción o retirada hayan sido ordenados respectivamente"
La AUI se pregunta cuáles son los órganos competentes, ya que el texto no lo especifica en ningún punto.
"Una página web es a todos los efectos un medio de comunicación y como tal debe ser tratado; si no lo consideramos así, podemos caer en situaciones como las recientemente acontecidas en China", dijo Pérez Subías, presidente de la AUI.
Responsabilidad de los enlaces
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