M. L. ATARÉS/ El Mundo.es .- Controlar, restringir e incluso vetar los contenidos sensibles que se hagan públicos en internet a escala internacional es uno de los aspectos que se discuten hoy en los foros políticos y sociales del mundo occidental. Se multiplica el número de dirigentes y las administraciones proclives a poner límites a la libertad de la red de redes. Pero también prosperan los interlocutores sociales y mediáticos que defienden esa libertad y cuestionan que se puedan y se deban poner puertas al ciberespacio.
La iniciativa más reciente y que más afecta a los españoles es el borrador del anteproyecto de Ley de Impulso de la Sociedad de la Información (LISI) que el Ministerio de Industria Comercio y Turismo acaba de publicar en su página web para, frente a la opacidad habitual de la Administración, permitir el debate y la consulta pública.
El objetivo original de la futura norma era actualizar y mejorar la vigente Ley de Servicios de la Sociedad de Información (LSSI), que aprobó el segundo Gobierno de José María Aznar, con la oposición del partido socialista, y que levantó ampollas entre las empresas y los medios on-line, los editores de páginas web y los internautas particulares por la enorme cantidad de restricciones que recogía.
Sin embargo, no parece que el nuevo borrador vaya a cerrar esa polémica ni a terminar con las restricciones. De hecho, en el articulado del anteproyecto de ley se establece un nuevo mecanismo de control que, como defendió Montilla días antes de entregar el testigo ministerial a su sucesor, Joan Clos, permitirá que determinados contenidos no resulten accesibles a los internautas españoles si así lo decide «un órgano competente, ya sea judicial o administrativo». Es decir, se modifica el artículo 8 de la LSSI para permitir que «órganos administrativos competentes» puedan restringir servicios de la sociedad de la información a través de un mecanismo efectivo que les permita controlar -en definitiva, impedir- el acceso desde España a servicios o contenidos provenientes de otros países cuya interrupción o retirada hayan decidido. Ahí está el quid de la cuestión: ¿qué órganos son competentes para esta misión y quién decide que lo son?
Hasta ahora solo un juez podía decretar medidas de esta índole. Pero ahora el Gobierno amplia esa categoría a «órganos administrativos». Según fuentes jurídicas, esta innovación no se sostiene si se considera publicaciones a las páginas web ya que, según fija la Constitución, sólo los jueces pueden secuestrar publicaciones. Quizá por ello, el nuevo artículo 11 de la LISI mantiene que sean los órganos judiciales competentes los que intervengan en aquellos casos que la Constitución reserva a la competencia de los jueces, especialmente en materia de libertad de expresión.
Que se pueden vetar los accesos a determinados contenidos de internet, ya se ha demostrado; sobre todo a raíz del reciente bloqueo de la web de The New York Times. Los responsables de ese medio vetaron el acceso a una noticia a los internautas del Reino Unido. Se trataba de una información relacionada con los atentados frustrados del pasado mes de agosto en los aeropuertos británicos y el objetivo del bloqueo era evitar que se vulneraran las leyes inglesas sobre el secreto de las investigaciones judiciales.
Intentar acceder desde ordenadores situados en el Reino Unido a las noticias colgadas en la web The New York Times sobre tal investigación encontraba como respuesta un mensaje advirtiendo de que la solicitud había sido rechazada por razones legales. Desde el propio diario explicaron cómo habían utilizado la tecnología denominada geolocalización, la misma que habitualmente se emplea para discriminar la publicidad que reciben los usuarios de internet dependiendo de dónde se encuentren.
Las posibilidades técnicas y el creciente empeño político en controlar internet -con la excusa de la seguridad- es una realidad que preocupa sobremanera a la comunidad de internautas, a las empresas informativas on-line y al sector de las telecomunicaciones en general. La ventaja, en esta ocasión, es que el Gobierno se muestra dispuesto a escuchar y considerar sus opiniones.
El borrador de Industria introduce, como adelantó Montilla a principios de este mes, otras medidas para mejorar la Ley de Impulso de la Sociedad de la Información. Propone, por ejemplo, eliminar algunas infracciones administrativas que han quedado obsoletas para así cumplir con las nuevas directrices referentes a la conservación y el tratamiento de los datos de carácter privado, lo que «aumentará la privacidad de los ciudadanos».
Además, se obliga a los prestadores de servicios de intermediación a informar sobre medios de prevención en materia de seguridad informática y se exime de responsabilidad a los prestadores de servicios que facilitan instrumentos de búsqueda, siempre que actúen con los controles e identificación adecuados. También se revisan las reglas de comprobación de validez de la firma electrónica, con el fin de generar confianza en la red entre los ciudadanos y las empresas.
Texto de la propuesta de Ley
Artículo reproducido de Bufet Almeida
Los internautas temen que una ley facilite el cierre de 'webs'
La iniciativa más reciente y que más afecta a los españoles es el borrador del anteproyecto de Ley de Impulso de la Sociedad de la Información (LISI) que el Ministerio de Industria Comercio y Turismo acaba de publicar en su página web para, frente a la opacidad habitual de la Administración, permitir el debate y la consulta pública.
El objetivo original de la futura norma era actualizar y mejorar la vigente Ley de Servicios de la Sociedad de Información (LSSI), que aprobó el segundo Gobierno de José María Aznar, con la oposición del partido socialista, y que levantó ampollas entre las empresas y los medios on-line, los editores de páginas web y los internautas particulares por la enorme cantidad de restricciones que recogía.
Sin embargo, no parece que el nuevo borrador vaya a cerrar esa polémica ni a terminar con las restricciones. De hecho, en el articulado del anteproyecto de ley se establece un nuevo mecanismo de control que, como defendió Montilla días antes de entregar el testigo ministerial a su sucesor, Joan Clos, permitirá que determinados contenidos no resulten accesibles a los internautas españoles si así lo decide «un órgano competente, ya sea judicial o administrativo». Es decir, se modifica el artículo 8 de la LSSI para permitir que «órganos administrativos competentes» puedan restringir servicios de la sociedad de la información a través de un mecanismo efectivo que les permita controlar -en definitiva, impedir- el acceso desde España a servicios o contenidos provenientes de otros países cuya interrupción o retirada hayan decidido. Ahí está el quid de la cuestión: ¿qué órganos son competentes para esta misión y quién decide que lo son?
Hasta ahora solo un juez podía decretar medidas de esta índole. Pero ahora el Gobierno amplia esa categoría a «órganos administrativos». Según fuentes jurídicas, esta innovación no se sostiene si se considera publicaciones a las páginas web ya que, según fija la Constitución, sólo los jueces pueden secuestrar publicaciones. Quizá por ello, el nuevo artículo 11 de la LISI mantiene que sean los órganos judiciales competentes los que intervengan en aquellos casos que la Constitución reserva a la competencia de los jueces, especialmente en materia de libertad de expresión.
Que se pueden vetar los accesos a determinados contenidos de internet, ya se ha demostrado; sobre todo a raíz del reciente bloqueo de la web de The New York Times. Los responsables de ese medio vetaron el acceso a una noticia a los internautas del Reino Unido. Se trataba de una información relacionada con los atentados frustrados del pasado mes de agosto en los aeropuertos británicos y el objetivo del bloqueo era evitar que se vulneraran las leyes inglesas sobre el secreto de las investigaciones judiciales.
Intentar acceder desde ordenadores situados en el Reino Unido a las noticias colgadas en la web The New York Times sobre tal investigación encontraba como respuesta un mensaje advirtiendo de que la solicitud había sido rechazada por razones legales. Desde el propio diario explicaron cómo habían utilizado la tecnología denominada geolocalización, la misma que habitualmente se emplea para discriminar la publicidad que reciben los usuarios de internet dependiendo de dónde se encuentren.
Las posibilidades técnicas y el creciente empeño político en controlar internet -con la excusa de la seguridad- es una realidad que preocupa sobremanera a la comunidad de internautas, a las empresas informativas on-line y al sector de las telecomunicaciones en general. La ventaja, en esta ocasión, es que el Gobierno se muestra dispuesto a escuchar y considerar sus opiniones.
El borrador de Industria introduce, como adelantó Montilla a principios de este mes, otras medidas para mejorar la Ley de Impulso de la Sociedad de la Información. Propone, por ejemplo, eliminar algunas infracciones administrativas que han quedado obsoletas para así cumplir con las nuevas directrices referentes a la conservación y el tratamiento de los datos de carácter privado, lo que «aumentará la privacidad de los ciudadanos».
Además, se obliga a los prestadores de servicios de intermediación a informar sobre medios de prevención en materia de seguridad informática y se exime de responsabilidad a los prestadores de servicios que facilitan instrumentos de búsqueda, siempre que actúen con los controles e identificación adecuados. También se revisan las reglas de comprobación de validez de la firma electrónica, con el fin de generar confianza en la red entre los ciudadanos y las empresas.
Texto de la propuesta de Ley
Artículo reproducido de Bufet Almeida
Los internautas temen que una ley facilite el cierre de 'webs'