PEDRO BLASCO - EI MUNDO - MADRID.- Todo ello sin que una persona esté escuchando todo el día, como era con el sistema tradicional.Se llama Sitel y no tiene, según internautas y algunos juristas, la necesaria cobertura legal para interceptar las conversaciones.
Los internautas denuncian que el Gobierno vulnera la Constitución.Por su parte, el teniente fiscal de Madrid, Pedro Martínez, ha elaborado un informe para pedir al fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, que se dé cobertura legal a este nuevo procedimiento.
El proyecto Sitel fue elaborado en el año 2000 por la multinacional Ericcson para el anterior Gobierno del PP. El Gobierno socialista, en vez de darle una cobertura legal, lo puso en pruebas en marzo de 2004, cuando José Antonio Alonso fue nombrado ministro del Interior. Este periodo duró hasta diciembre de ese año cuando, al parecer, entró oficialmente en servicio con carácter general.
El pasado mes de abril, el Gobierno aprovechó la aprobación del reglamento de la Ley General de Telecomunicaciones para incluir la regulación de la interceptación legal de las comunicaciones.Nadie reaccionó, a pesar de que atentaba contra el derecho a la comunicación. Hace algunas semanas, el Tribunal Supremo admitió a tramite la impugnación que la Asociación de Internautas interpuso contra este reglamento que permite la interceptación de las comunicaciones.
La Asociación de Internautas, según informó su presidente Víctor Domingo, considera que dicha regulación es inconstitucional y que infringe el ordenamiento jurídico. Este colectivo considera que el Gobierno no puede facultar un reglamento para captar las comunicaciones acordadas por el juez, ya que es materia reservada a ley orgánica, por tratarse del enervamiento de un derecho fundamental como es el secreto de las comunicaciones. La asociación cree, asimismo, que el Gobierno ha excedido la reserva de ley cuando establece que la ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.
El recurso resalta que el Gobierno ha creado reglamentariamente unos centros de interceptación ajenos al control judicial y que, por lo tanto, priva al sujeto interceptado de las mínimas garantías.
Además, la normativa impugnada no atiende al mandato de interceptación de las comunicaciones. En opinión de esta asociación se impone a las operadoras que faciliten infinidad de datos -no sólo los sujetos solicitados para la interceptación, sino cualquiera de las partes que puedan intervenir en las comunicaciones- a los agentes «habilitados» para materializar la interceptación.
En el proceso de elaboración de la normativa impugnada no sólo no ha sido consultado el Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y la Sociedad de la Información -órgano en el que participa la sociedad civil como asesora del Gobierno en tales materias-, sino que tampoco lo ha sido el Consejo General del Poder Judicial ni el Consejo Económico y Social.
Preocupación
Por otra parte, el pasado mes de junio, el teniente fiscal de Madrid envió a Conde-Pumpido un informe para expresarle su preocupación porque carece de cobertura legal.
El teniente fiscal dice que Sitel «se encuentra huérfano de norma alguna que lo defina y regule». Unicamente, el Ministerio de Industria dictó un real decreto, que es el reglamento impugnado por la Asociación de Internautas y que el Tribunal Supremo ha admitido a tramite.
El Ministerio del Interior lo puso en servicio casi cinco meses antes de que el Gobierno aprobase el reglamento ahora impugnado.Según el informe del fiscal «no existe un acto administrativo por el cual se haya puesto en servicio y expliqué su tecnología y su funcionamiento».
Fuentes consultadas por este periódico indicaron que el anterior Gobierno del PP, que había diseñado, planificado y construido Sitel, tenía previsto someterlo a consulta.
La organización y funcionamiento de estos entes no está prevista en ninguna norma, según dice el fiscal en su informe, al que ha tenido acceso este periódico. El fiscal dice en él que son «entes jurídicamente inexistentes que, junto a personas anónimas y por su puesto de las que no queda constancia alguna de su identidad en las actuaciones judiciales, son los verdaderos depositarios de la información interceptada». Tales centros no están sometidos a control judicial. De algunos no se conoce su ubicación, ni quienes los dirigen. En el nuevo procedimiento de Sitel tampoco participan para nada los secretarios judiciales, únicos federativos facultados para intervenir en el proceso penal.
APOYOS: El nuevo proyecto, un desconocido para los jueces
El procedimiento de captura y forma de acceso a la información, a través de los centros de interceptación, no resulta conocido para el juez, que cree que cuando recibe la petición de escucha se utiliza el procedimiento manual.
Junto a la ausencia de norma que habilite el funcionamiento de Sitel, es en este procedimiento de solicitud de la interceptación y entrega de la información donde radica el problema para el teniente fiscal de Madrid, Pedro Martínez, «pues no siempre se especifican de forma concreta los parámetros de la interceptación, sino que se solicita genéricamente la interceptación del contenido de la comunicación y la información asociada, y esta última abarca información mucho más invasiva para la intimidad personal que el contenido de la comunicación». Añade que permite la localización de datos referentes a terceros no involucrados en la escucha.
La operadora está obligada a entregar los datos generados por las comunicaciones durante la prestación del servicio y los datos de los abonados necesarios. Todo esto, tal y como pone de relieve la Asociación de Internautas en su recurso, hace que el control judicial sea más simbólico que efectivo y priva de garantías a la interceptación.
Martínez dice que el Sitel es una buena herramienta para combatir la criminalidad, y mejorable, ya que en la actualidad sólo capta el contenido del las llamadas y los mensajes de texto, no así los de correo electrónico, vídeo, imágenes o mensajes multimedia.Es decir, el Sitel se limita a la tecnología GSM y no abarca la GPRS ni la UMTS. Esto debería mejorarse, pero dentro de la Ley.
«Sitel puede ser un eficaz medio, pero el Estado de Derecho exige la legalidad y proporcionalidad de los medios utilizados en la investigación, con independencia de la bondad del fin que se pretende alcanzar».
El teniente fiscal de Madrid afirma que, desde esta perspectiva, Sitel rompe con el diseño de todo el sistema de garantías desarrollado por el Tribunal Supremo y por el Constitucional «para superar el raquitismo de la única norma existente».
Del manual al automatizado
Anteriormente, las interceptaciones de las llamadas telefónicas se efectuaban de forma manual. Se hacía de una en una, mediante la desviación de la llamada a un número que facilitaba la Policía.Sin embargo, el Sitel es un sistema automatizado. Una vez introducidos los parámetros de la interceptación, no se precisa intervención humana para realizarla y trasmitirla en tiempo real a un Centro de Interceptación.
El Sitel facilita el identificador de Imei (identificación internacional) y el número afectado por la intervención, lo que permite mantener la interceptación, aun si se cambia de tarjeta o de número. El teléfono móvil es un auténtico sistema de control. Las operadoras crean una red de células y cada 10 minutos el teléfono se pone en contacto con la más cercana. Cada conexión queda registrada en bases de datos y se sabe en qué célula se ha realizado la conexión, el día, la hora y el identificador del teléfono. De esta forma se pueden reconstruir todos los pasos de una persona.
Así, Sitel puede localizar también el punto físico donde está el movil. Esto permitiría a los usuarios que pierdan el aparato encontrarlo, pero las compañías no lo comunican cuando reciben la denuncia y la Policía sólo la tramita, sin localizar al aparato.
Sale a la calle la campaña contra la traza privada sin control judicial
Los internautas denuncian que el Gobierno vulnera la Constitución.Por su parte, el teniente fiscal de Madrid, Pedro Martínez, ha elaborado un informe para pedir al fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, que se dé cobertura legal a este nuevo procedimiento.
El proyecto Sitel fue elaborado en el año 2000 por la multinacional Ericcson para el anterior Gobierno del PP. El Gobierno socialista, en vez de darle una cobertura legal, lo puso en pruebas en marzo de 2004, cuando José Antonio Alonso fue nombrado ministro del Interior. Este periodo duró hasta diciembre de ese año cuando, al parecer, entró oficialmente en servicio con carácter general.
El pasado mes de abril, el Gobierno aprovechó la aprobación del reglamento de la Ley General de Telecomunicaciones para incluir la regulación de la interceptación legal de las comunicaciones.Nadie reaccionó, a pesar de que atentaba contra el derecho a la comunicación. Hace algunas semanas, el Tribunal Supremo admitió a tramite la impugnación que la Asociación de Internautas interpuso contra este reglamento que permite la interceptación de las comunicaciones.
La Asociación de Internautas, según informó su presidente Víctor Domingo, considera que dicha regulación es inconstitucional y que infringe el ordenamiento jurídico. Este colectivo considera que el Gobierno no puede facultar un reglamento para captar las comunicaciones acordadas por el juez, ya que es materia reservada a ley orgánica, por tratarse del enervamiento de un derecho fundamental como es el secreto de las comunicaciones. La asociación cree, asimismo, que el Gobierno ha excedido la reserva de ley cuando establece que la ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.
El recurso resalta que el Gobierno ha creado reglamentariamente unos centros de interceptación ajenos al control judicial y que, por lo tanto, priva al sujeto interceptado de las mínimas garantías.
Además, la normativa impugnada no atiende al mandato de interceptación de las comunicaciones. En opinión de esta asociación se impone a las operadoras que faciliten infinidad de datos -no sólo los sujetos solicitados para la interceptación, sino cualquiera de las partes que puedan intervenir en las comunicaciones- a los agentes «habilitados» para materializar la interceptación.
En el proceso de elaboración de la normativa impugnada no sólo no ha sido consultado el Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y la Sociedad de la Información -órgano en el que participa la sociedad civil como asesora del Gobierno en tales materias-, sino que tampoco lo ha sido el Consejo General del Poder Judicial ni el Consejo Económico y Social.
Preocupación
Por otra parte, el pasado mes de junio, el teniente fiscal de Madrid envió a Conde-Pumpido un informe para expresarle su preocupación porque carece de cobertura legal.
El teniente fiscal dice que Sitel «se encuentra huérfano de norma alguna que lo defina y regule». Unicamente, el Ministerio de Industria dictó un real decreto, que es el reglamento impugnado por la Asociación de Internautas y que el Tribunal Supremo ha admitido a tramite.
El Ministerio del Interior lo puso en servicio casi cinco meses antes de que el Gobierno aprobase el reglamento ahora impugnado.Según el informe del fiscal «no existe un acto administrativo por el cual se haya puesto en servicio y expliqué su tecnología y su funcionamiento».
Fuentes consultadas por este periódico indicaron que el anterior Gobierno del PP, que había diseñado, planificado y construido Sitel, tenía previsto someterlo a consulta.
La organización y funcionamiento de estos entes no está prevista en ninguna norma, según dice el fiscal en su informe, al que ha tenido acceso este periódico. El fiscal dice en él que son «entes jurídicamente inexistentes que, junto a personas anónimas y por su puesto de las que no queda constancia alguna de su identidad en las actuaciones judiciales, son los verdaderos depositarios de la información interceptada». Tales centros no están sometidos a control judicial. De algunos no se conoce su ubicación, ni quienes los dirigen. En el nuevo procedimiento de Sitel tampoco participan para nada los secretarios judiciales, únicos federativos facultados para intervenir en el proceso penal.
APOYOS: El nuevo proyecto, un desconocido para los jueces
El procedimiento de captura y forma de acceso a la información, a través de los centros de interceptación, no resulta conocido para el juez, que cree que cuando recibe la petición de escucha se utiliza el procedimiento manual.
Junto a la ausencia de norma que habilite el funcionamiento de Sitel, es en este procedimiento de solicitud de la interceptación y entrega de la información donde radica el problema para el teniente fiscal de Madrid, Pedro Martínez, «pues no siempre se especifican de forma concreta los parámetros de la interceptación, sino que se solicita genéricamente la interceptación del contenido de la comunicación y la información asociada, y esta última abarca información mucho más invasiva para la intimidad personal que el contenido de la comunicación». Añade que permite la localización de datos referentes a terceros no involucrados en la escucha.
La operadora está obligada a entregar los datos generados por las comunicaciones durante la prestación del servicio y los datos de los abonados necesarios. Todo esto, tal y como pone de relieve la Asociación de Internautas en su recurso, hace que el control judicial sea más simbólico que efectivo y priva de garantías a la interceptación.
Martínez dice que el Sitel es una buena herramienta para combatir la criminalidad, y mejorable, ya que en la actualidad sólo capta el contenido del las llamadas y los mensajes de texto, no así los de correo electrónico, vídeo, imágenes o mensajes multimedia.Es decir, el Sitel se limita a la tecnología GSM y no abarca la GPRS ni la UMTS. Esto debería mejorarse, pero dentro de la Ley.
«Sitel puede ser un eficaz medio, pero el Estado de Derecho exige la legalidad y proporcionalidad de los medios utilizados en la investigación, con independencia de la bondad del fin que se pretende alcanzar».
El teniente fiscal de Madrid afirma que, desde esta perspectiva, Sitel rompe con el diseño de todo el sistema de garantías desarrollado por el Tribunal Supremo y por el Constitucional «para superar el raquitismo de la única norma existente».
Del manual al automatizado
Anteriormente, las interceptaciones de las llamadas telefónicas se efectuaban de forma manual. Se hacía de una en una, mediante la desviación de la llamada a un número que facilitaba la Policía.Sin embargo, el Sitel es un sistema automatizado. Una vez introducidos los parámetros de la interceptación, no se precisa intervención humana para realizarla y trasmitirla en tiempo real a un Centro de Interceptación.
El Sitel facilita el identificador de Imei (identificación internacional) y el número afectado por la intervención, lo que permite mantener la interceptación, aun si se cambia de tarjeta o de número. El teléfono móvil es un auténtico sistema de control. Las operadoras crean una red de células y cada 10 minutos el teléfono se pone en contacto con la más cercana. Cada conexión queda registrada en bases de datos y se sabe en qué célula se ha realizado la conexión, el día, la hora y el identificador del teléfono. De esta forma se pueden reconstruir todos los pasos de una persona.
Así, Sitel puede localizar también el punto físico donde está el movil. Esto permitiría a los usuarios que pierdan el aparato encontrarlo, pero las compañías no lo comunican cuando reciben la denuncia y la Policía sólo la tramita, sin localizar al aparato.
Sale a la calle la campaña contra la traza privada sin control judicial